[Precedente] La evaluación de la idoneidad del acto causal de adquisición del predio no es competencia de las instancias registrales [Resolución 104-2023-Sunarp/PT]

A través de la Resolución 104-2023-Sunarp/PT, el Tribunal Registral publicó 5 nuevos precedentes de observancia obligatoria.

1. Inscripción de copropiedad como consecuencia del fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales

2. Transferencia como consecuencia del fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales cuando no existe liquidación.

3. Saneamiento físico legal de bienes inmuebles estatales

4. Acto causal en la declaración jurada en los procedimientos de saneamiento

5. Certificado de información catastral

A continuación presentamos el precedente 4. Acto causal en la declaración jurada en los procedimientos de saneamiento.


RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL

REGISTRAL Nº 104-2023-SUNARP/PT del 17 de mayo de 2023
PRECEDENTES APROBADOS EN EL CCLXXIV
PLENO DEL TRIBUNAL REGISTRAL

4. ACTO CAUSAL EN LA DECLARACIÓN JURADA EN LOS PROCEDIMIENTOS DE SANEAMIENTO

La idoneidad del acto causal, por el que se adquiere la propiedad, que se consigna en la declaración jurada, no es materia de revisión y análisis por parte de las instancias registrales, pues esta evaluación le corresponde a la entidad que realiza el saneamiento y a la SBN como ente rector y supervisor de estos procedimientos.

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