Histórica decisión. El expresidente Alberto Fujimori Fujimori, acaba de recibir hoy domingo el indulto humanitario de parte del presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK), según aparece en la Resolución Suprema Nº 281-2017-JUS, publicada en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, que lleva también la firma del ministro de Justicia, Enrique Mendoza.
La decisión fue tomada luego de que una junta médica oficial evaluara al exmandatario y comprobara que este padece de una enfermedad progresiva, degenerativa e incurable, de manera que que las condiciones carcelarias significan un grave riesgo a su vida, salud e integridad
Lea también: Calles de Lima con nombres de abogados y juristas
Fujimori fue recluido en setiembre del 2007 en el penal de Barbadillo, tras llegar extraditado de Chile. Ahí permanecía cumpliendo una pena de 25 años por homicidio calificado por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta. También por el delito de secuestro agravado, por las detenciones del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer.
La noticia fue confirmada por el propio Gobierno a través de un comunicado de la Secretaría de Prensa que reproducimos a continuación:
El día 11 de diciembre del presente año el ex presidente Alberto Fujimori presentó ante el Instituto Nacional Penitenciario, INPE, una solicitud de indulto y derecho de gracia por razones humanitarias.
Dicha solicitud, suscrita por el propio interno activó el mismo día el proceso reglamentario previsto para estos fines.
Una junta médica oficial ha evaluado al interno y ha determinado que el señor Fujimori padece de una enfermedad progresiva, degenerativa e incurable y que las condiciones carcelarias significan un grave riesgo a su vida, salud e integridad.
Siguiendo el procedimiento regular, el informe de la junta médica fue elevado a la Comisión de Gracias Presidenciales la cual recomendó al Presidente de la República, en consideración al estado de salud del interno y de otros siete internos más, conceder el indulto por razones humanitarias.
El Presidente de la República, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú para tales fines, ha decidido conceder el indulto humanitario al señor Alberto Fujimori Fujimori y a otras siete personas que se encuentran en similar condición siendo las 18:00 horas del 24 de Diciembre del 2017.
Lea también: Internos de Lurigancho producen panetón con tentador slogan: «No probarlo es un delito»
Kenji Fujimori, a través de su cuenta de Twitter agradeció a PPK la histórica decisión: «Quiero agradecer en nombre de la familia Fujimori al Presidente Pedro Pablo Kuczynski por el noble y magnánimo gesto de brindarle el indulto humanitario a mi padre @AlbertoFujimori. Estamos eternamente agradecidos con Ud. Presidente @ppkamigo. Dios lo ilumine».
La excongresita Luisa María Cuculiza, en declaraciones a RPP, dijo estar feliz por la decisión, aunque reconoció que llega muy tarde, por cuanto la salud del expresidente está en serios aprietos. Frente a las críticas dijo que el Perú debería estar agradecido con Fujimori por haber salvado al Perú de que nos convirtiéramos en Venezuela.
Lea también: Ollanta Humala y Nadine Heredia podrán pasar Navidad con sus hijos
El doctor César Nakazaki, exdefensor de Alberto Fujimori, también manifestó su alegría, quien dijo que la decisión fue tomada de acuerdo a la ley y los tratados internacionales. Añadió que no ve división entre los peruanos ante esta buena noticia.
Lea también: Aprueban valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2018
El exfiscal de la Nación, José Peláez Bardales, dijo que, evidentemente, esta decisión obedece a un compromiso adoptado por el presidente de la República para evitar la vacancia.
#ÚLTIMOMINUTO Alberto Fujimori en libertad: PPK le dio el indulto humanitario ►https://t.co/cMpsTFXw9e pic.twitter.com/biaZIeO5TT
— Política El Comercio (@Politica_ECpe) 24 de diciembre de 2017
![[VIVO] Clase modelo sobre excepción de improcedencia de acción. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-NOHELIA-MENGOA-POST-218x150.jpg)
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)
![El adelanto de fallo no constituye una sentencia ni produce efectos jurídicos, por lo que no puede usarse como fundamento para desistirse de un recurso [Casación 1027-2025, San Martín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![SINTRA-PROMPERÚ le gana a PromPerú pese a excusa de falta de presupuesto [Exp. 00175-2025-0-1864-SP-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)



![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Sunafil designa a vocales de la Segunda Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral [Resolución Suprema 007-2026-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por enviar 22 mensajes de texto con publicidad sin consentimiento del cliente [Res. 4246-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)

![Declaran ilegales cobros exigidos por municipalidad en trámites de transporte público [Resolución 0059-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)




















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![SINTRA-PROMPERÚ le gana a PromPerú pese a excusa de falta de presupuesto [Exp. 00175-2025-0-1864-SP-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Sunafil designa a vocales de la Segunda Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral [Resolución Suprema 007-2026-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-3-LPDerecho-100x70.jpg)



