¡ATENCIÓN! PJ programará audiencias penales y no penales desde el 17 de julio 

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Publicado en la página web del Poder Judicial, el 25 de mayo de 2020


COMUNICADO

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dentro del marco del Decreto Supremo 094-2020- PCM, que extiende el estado de emergencia nacional, comunica a todos los magistrados, funcionarios, personal administrativo y de apoyo a la función jurisdiccional, litigantes y a la ciudadanía en general, que:

1. Se extiende la suspensión de las labores del Poder Judicial, así como de los plazos procesales y administrativos hasta el próximo 30 de junio.

2. Se continúa garantizando el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos indispensables en el período de emergencia nacional bajo los criterios dispuestos en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ y las consiguientes disposiciones dadas, sobre el particular, por las Presidencias de todas las Cortes Superiores de la República.

3. Se reitera que los jueces y personal auxiliar designados en los órganos jurisdiccionales y administrativos de emergencia, no deben pertenecer a la población vulnerable al Covid-19, de acuerdo a los criterios estipulados por el Ministerio de Salud.

4. A partir del día 17 de junio, y durante 15 días, se realizarán las tareas internas de adecuación institucional para garantizar que el retorno a las labores presenciales cumpla con las normas, directivas y los protocolos dictados por el Ministerio de Salud y nuestra institución, conforme a los criterios aprobados por el Consejo Ejecutivo, mediante las Resoluciones Administrativas N° 129-2020-CE-PJ, N° 146-2020-CE-PJ y N° 147-2020-CE-PJ.

5. A partir del próximo 1 de julio, los órganos jurisdiccionales deberán programar las audiencias penales y no penales, que deberán iniciar desde el 17 de julio del año en curso, y desarrollarse, preferentemente, de modo remoto y, excepcionalmente, presencial.

6. En aquellos procesos en que se constate que los plazos de prisión preventiva estén por vencer, el Consejo Ejecutivo ha dispueto que se priorice, por parte de los jueces penales o mixtos competentes a cargo de la etapa de juzgamiento, la realización de los juicios orales, debiéndose programar las audiencias respectivas de manera inmediata.

7. Finalmente, se recuerda a todos quienes conforman el Poder Judicial, litigantes y público usuario en general, que todas las decisiones, vinculadas a nuestra labor durante la emergencia sanitaria y al retorno a las labores presenciales en las diferentes sedes judiciales a nivel nacional, seguirán siendo comunicadas, formalmente y en su oportunidad, por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de nuestro sitio web institucional.

Adicionalmente, se ruega, tanto a jueces y funcionarios, como a todo el personal administrativo y de apoyo a la labor jurisdiccional, mantenerse informado mediante los canales de comunicación oficiales (sitio web y correo electrónico institucional) y, en caso de duda, consultar, de manera inmediata, a la instancia correspondiente

Lima, 25 de mayo de 2020

Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

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