Aprueban la Directiva N° 001-2025-CE-PJ denominada “Justicia de Paz Escolar”– Versión 001
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000009-2025-CE-PJ
Lima, 13 de enero del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 001673-2024-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, el mismo que acompaña el Oficio N° 000493-2024-RT-CPAJPVYJC-CS-PJ de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad; y el proyecto de Directiva “Justicia de Paz Escolar” – Versión 001.
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CONSIDERANDO:
Primero. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 200-2016-CE-PJ, del 10 de agosto de 2016, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Protocolo de Justicia de Paz Escolar”, con el objetivo general de fomentar el uso de la conciliación como un mecanismo de solución de los conflictos entre estudiantes.
Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 198-2020-CE-PJ, se aprobó la adhesión del Poder Judicial del Perú a la actualización de las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad, disponiendo su aplicación por todos los jueces de la República, incluidos los jueces de paz.
Tercero. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000247-2023-CE-PJ se aprobó la Directiva N° 004-2023-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial” – Versión 003, la misma que en su Disposición Transitoria 9.1 establece que “Los documentos normativos vigentes que hayan sido elaborados con anterioridad a la Directiva: Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos – Versión 0011, se deben actualizar en forma progresiva a la presente versión de la Directiva, hasta el 15 de diciembre de 2023, como plazo máximo, bajo apercibimiento de perder su vigencia de forma automática”.
Cuarto. Que, en dicho marco la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad requirió la actualización del protocolo mencionado en el primer considerando de la presente resolución, con el objetivo de establecer disposiciones para la gestión del proceso de conciliación escolar, como un mecanismo preventivo de resolución de conflictos entre estudiantes del nivel de educación secundaria, que no impliquen actos de violencia física, psicológica, sexual u otros que afecten su desarrollo integral, fomentando una cultura de paz en las instituciones educativas.
Quinto. Que, con el Informe N° 000159-2024-SR-GP-GG-PJ, la Subgerencia de Racionalización, hoy Subgerencia de Modernización, adecuó la propuesta “Actualización de Protocolo” al tipo documental “Directiva”, conforme a las previsiones de la Directiva N.º 004-2023-CE-PJ, brindando opinión técnica favorable para su emisión; opinión que ratificó con el Informe N.º 228-2024-SM-GMPP-GG-PJ.
Sexto. Que, la Gerencia de Planificación, hoy Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, hace suyos los informes señalados en el considerando anterior con los Memorandos N°s. 1595-2024-GP-GG-PJ y 2228-2024-GMPP-GG-PJ.
Sétimo. Que, mediante el Informe N° 001056-2024-OAL-GG-PJ, la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General (hoy Gerencia de Asesoría Jurídica) indica que el texto del proyecto de Directiva “Justicia de Paz Escolar”– Versión 001, es consistente con la normativa legal vigente, por lo que emite opinión legal favorable para su aprobación, la misma que es ratificada con el Informe N° 001504-2024-GAJ-GG-PJ.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 032-2025 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 8 de enero de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 001-2025-CE-PJ denominada “Justicia de Paz Escolar”– Versión 001.
Artículo Segundo.- Establecer que el “Protocolo de Justicia de Paz Escolar”, aprobado por Resolución Administrativa N° 200-2016-CE-PJ del 10 de agosto de 2016, perdió vigencia en el marco de la Disposición Transitoria 9.1 de la Directiva N° 004-2023-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial” – Versión 003.
Artículo Tercero.- Disponer que las situaciones que pudiesen producirse como consecuencia de la aplicación de la directiva -que por la presente resolución se aprueba- serán puestas en conocimiento y atendidas, de ser el caso, por la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad.
Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Educación, Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET OFELIA LOURDES TELLO GILARDI
Presidenta
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[1] Aprobada por Resolución Administrativa Nº 478-2019-CE-PJ (5.DIC.2019)
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