El congresista José Bernardo Pazo Nunura, integrante del grupo parlamentario Somos Perú, presentó el Proyecto de Ley que homologa la función jurisdiccional entre jueces supernumerarios, provisionales y jueces titulares del Poder Judicial. Esta iniciativa busca garantizar la igualdad remunerativa y de beneficios laborales entre magistrados que desempeñan funciones equivalentes dentro del sistema judicial.
De acuerdo con el proyecto, los jueces supernumerarios y provisionales percibirán remuneraciones y bonificaciones «equivalentes a la del juez titular de la misma categoría», incluyendo todos los conceptos recurrentes y beneficios colaterales. Según el texto legal:
La presente ley tiene por objeto garantizar la igualdad remunerativa y de beneficios entre los jueces supernumerarios, provisionales y los jueces titulares que desempeñen igual función, responsabilidad y carga procesal de manera equivalente en el Poder Judicial.
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El legislador Pazo Nunura señala en la exposición de motivos que el sistema judicial peruano «enfrenta desde hace años una alta tasa de provisionalidad», situación que ha obligado a designar jueces supernumerarios para asegurar la continuidad del servicio jurisdiccional. Explica que:
En la práctica, estos magistrados asumen idénticas funciones jurisdiccionales que los jueces titulares —carga de trabajo, responsabilidad decisoria, sujeción a estándares de celeridad y productividad—, pero no siempre reciben un trato remunerativo y de condiciones laborales equivalente, lo que genera asimetrías injustificadas y riesgo de discriminación laboral.
El documento agrega que esta propuesta no otorga estabilidad de titularidad, ni sustituye los procesos de concurso público; únicamente garantiza que, a igual función y responsabilidad, corresponda igual remuneración y beneficios.
LEY QUE HOMOLOGA LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL ENTRE JUECES SUPERNUMERARIOS, PROVISIONALES Y JUECES TITULARES DEL PODER JUDICIAL
A iniciativa del congresista de la República, JOSE BERNARDO PAZO NUNURA, integrante del grupo parlamentario SOMOS PERÚ, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el artículo 67°, 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta la siguiente iniciativa legislativa:
«LEY QUE HOMOLOGA LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL ENTRE JUECES SUPERNUMERARIOS, PROVISONALES Y JUECES TITULARES DEL PODER JUDICIAL»
1. FÓRMULA LEGAL
Artículo 1.- Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto garantizar la igualdad remunerativa y de beneficios entre los jueces supernumerarios, provisionales y los jueces titulares que desempeñen igual función, responsabilidad y carga procesal de manera equivalente en el Poder Judicial.
Artículo 2.- Estandarización remunerativa
El juez supernumerario y el juez provisional percibirán remuneraciones y bonificaciones equivalentes a la del juez titular de la misma categoría y se harán, incluyendo todos los conceptos recurrentes y beneficios colaterales.
La equivalencia se determina en base a las escalas remunerativas vigentes del Poder Judicial y las normas presupuestales aplicables, sin exigir requisitos adicionales distintos a los del desempeño efectivo del cargo.
Artículo 3.- Beneficios y condiciones de trabajo
Los jueces supernumerarios y provisionales acceden, en igualdad de condiciones, a los mismos seguros, licencias, descansos, horarios de audiencia, servicios de bienestar, capacitación y apoyo administrativo que correspondan a los jueces titulares de su categoría.
El tiempo de servicios prestado como supernumerario se computa para fines de escalafón, méritos, capacitación, beneficios que dependan de la antigüedad y certificaciones, conforme a la Ley de la Carrera Judicial y su reglamento, sin que dicho cómputo otorgue por sí mismo la titularidad del cargo.
[Continua…]