El Juzgado de Investigación Preparatoria de Pachacámac, a cargo de la jueza Patricia Romero Medina, ordenó la actuación inmediata de la sentencia que suspende cobro de peajes en Villa y Punta Negra. No obstante, el 31 de octubre, Rutas de Lima apeló esta sentencia.
El último 13 de octubre, el Juzgado declaró fundado en parte la demanda interpuesta por la Municipalidad de Santa María del Mar contra Rutas de Lima. Por ello, ordenó que la concesionaria suspenda el cobros de peajes en Villa y Punta Negra. En caso de incumplimiento, la resolución señala que se aplicarán sanciones de multa consecutiva.
El 14 de marzo de 2024, la municipalidad presentó una demanda de hábeas corpus contra la empresa privada por presunta vulneración del derecho fundamental a la libertad de tránsito. El 9 de enero de 2013, la Municipalidad Metropolitana de Lima y Rutas de Lima firmaron el Contrato de Concesión del Proyecto Vías Nuevas de Lima por un plazo de 30 años.
Al respecto, la comuna argumenta que es de «de conocimiento público» que el contrato es resultado de «millonarias coimas» a la exalcaldesa Susana Villarán. Los tramos concesionados corresponden a la Panamericana Norte, el Intercambio Vial de acceso a Ancón y el intercambio vial a desnivel Habich.
El último 30 de septiembre, Rutas de Lima anunció que su Junta General de Accionistas acordó la «disolución y liquidación» de la entidad conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades del Perú.

En su comunicado, la empresa señaló que esta medida es una «consecuencia directa y exclusiva de los actos de hostigamiento» de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y «los actos y omisiones» de distintas entidades del Estado. Por ello, comunicó lo siguiente:
Como se ha venido advirtiendo en reiteradas ocasiones, los actos de hostigamiento de la MML y del Estado peruano ocasionaron la suspensión del cobro en 26 casetas de peaje de la concesión, lo que ha privado a RDL de recibir más del 60% de sus ingresos, cuestión que ha deteriorado severamente la situación financiera de la compañía. Pese a ello, RDL ha venido ejecutando el 100% de las actividades a su cargo, las cuales incluyen la operación y mantenimiento de las vías de la concesión.

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![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
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