La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores del Congreso aprobó el dictamen que permitiría a los asistentes de conciertos y otros eventos ingresar con botellas de agua y alimentos. La votación culminó con 8 votos a favor, 5 votos en contra y 0 abstenciones, acuerdo que habilita el envío del documento al siguiente paso del proceso legislativo.
El texto consolidado incorpora tres iniciativas remitidas al grupo dictaminador. Una de ellas es el Proyecto de Ley 7887/2023-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa de la congresista Digna Calle Lobatón, orientado a reconocer el derecho de los usuarios a portar bebidas y alimentos en espacios de concurrencia masiva.
También se integró el Proyecto de Ley 12963/2025-CR, presentado por miembros de Podemos Perú y encabezado por el congresista Jhaec Darwin Espinoza Vargas, que plantea garantizar expresamente el ingreso con agua, alimentos y bebidas como una medida vinculada a la justicia para el consumidor.
La tercera propuesta incorporada corresponde al Proyecto de Ley 13062/2025-CR, impulsado por la congresista Jhakeline Katy Ugarte Mamani, del bloque Juntos por el Perú – Voces del Pueblo – Magisterial. Su planteamiento busca regular el derecho de los asistentes a ingresar con productos destinados a su consumo personal en eventos públicos o privados.

El proyecto establece que los asistentes podrán ingresar snacks, confitería, bebidas no alcohólicas y botellas de agua selladas, siempre que sean para consumo personal y no representen riesgos para la seguridad o las instalaciones. Además, los organizadores estarán obligados a ofrecer puntos de hidratación gratuita con agua potable dentro de los recintos.
La norma alcanzaría a conciertos, festivales, ferias, eventos deportivos, teatrales o recreativos con más de cien asistentes. Sin embargo, no se aplicaría a restaurantes, bares ni a espectáculos artísticos como óperas o ballet, ni a espacios culturales públicos protegidos por normas especiales.
La propuesta prohíbe el ingreso de bebidas alcohólicas y permite a los organizadores aplicar restricciones solo cuando existan razones objetivas y justificadas, como motivos de salud o seguridad. En esos casos, deberán publicar previamente las condiciones y límites de ingreso.
Predictamen recaído en los Proyectos de Ley 7887/2023-CR, 12963/2025-CR y 13062/2025 – CR, que propone, con texto sustitutorio la ley que protege la salud de los consumidores estableciendo normas para el ingreso de agua y alimentos para su consumo personal en conciertos
PREDICTAMEN
COMISION DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS
REGULADORES DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
PERIODO ANUAL DE SESIONES 2025-2026
Señor presidente:
Han sido remitidos para dictamen de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, los siguientes proyectos de ley:
. Proyecto de Ley 7887/2023-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Podemos Perú, a iniciativa de la congresista DIGNA CALLE LOBATON, que propone la ley que permite el ingreso de alimentos y bebidas en los eventos de concurrencia masiva.
. Proyecto de Ley 12963/2025-CR, presentado por los integrantes del Grupo Parlamentario Podemos Perú que suscriben, a iniciativa del congresista JHAEC DARWIN ESPINOZA VARGAS, ley que garantiza el derecho de las personas a ingresar con agua, alimentos y bebidas a eventos de concurrencia masiva, como medida de justicia y consumidor.
. Proyecto de Ley 13062/2025- CR, presentado por la integrante de la bancada Juntos por el Perú – Voces del Pueblo – Bloque Magisterial, a iniciativa del congresista JHAKELINE KATY UGARTE MAMANI, ley que regula el derecho de los consumidores a ingresar a eventos multitudinarios públicos y privados con alimentos y bebidas para su ingesta personal, a fin de proteger sus derechos frente a prácticas abusivas.
Los proyectos de ley tienen como objetivo común regular el ingreso de agua, bebidas y alimentos en eventos de concurrencia masiva.
I. SITUACION PROCESAL
1.1. Antecedentes procedimentales
El Proyecto de Ley 7887/2023-CR ingreso al área de tramite documentario el 17 de mayo del ano 2024. El 21 de mayo de 2024, fue derivado a la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos como única comisión dictaminadora.
Proyecto de Ley 12963/2025-CR, ingreso al área de trámite documentario el 23 de octubre del ano 2025. El 24 de octubre del ano 2025, fue derivado a la Comisión
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