La congresista Patricia Chirinos presentó una denuncia constitucional contra Guillermo Bermejo y pide su inhabilitación por 10 años.
SUMILLA: DENUNCIA CONSTITUCIONAL CONTRA EL CONGRESISTA GUILLERMO BERMEJO ROJAS, POR INFRACCIONES A LA CONSTITUCIÓN Y DELITOS CONTRA LA TRANQUILIDAD PÚBLICA, REBELIÓN Y USURPACIÓN, SOLICITANDO AUTORIZAR SU PROCESAMIENTO JUDICIAL, DESAFUERO E INHABILITACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR 10 AÑOS
SEÑORA PRESIDENTA DE LA SUBCOMISIÓN DE ACUSACIONES CONSTITUCIONALES DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA:
PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS, Congresista de la República, identificada con D.N.I. 10280036, con domicilio procesal en Palacio Legislativo (Plaza Bolívar s/n) Cercado de Lima, con correo electrónico [email protected], ante usted, con el debido respeto, me presento y digo:
I. PETITORIO
Que, al amparo de los artículos 99°, 100° Y 117° de la Constitución Política del Perú y del artículo 89° del Reglamento del Congreso de la República, interpongo DENUNCIA CONSTITUCIONAL contra el CONGRESISTA GUILLERMO BERMEJO ROJAS por flagrante infracción a los artículos 38 y 39 de la Constitución Política del Perú, y por los delitos contra la tranquilidad pública y rebelión, solicitando autorizar su procesamiento judicial e inhabilitación de la función pública por 10 años.
II. FUNDAMENTOS DE HECHO
2.1. Que, el señor GUILLERMO BERMEJO ROJAS asume el cargo de Congresista de la República desde el 26 de julio del 2021 hasta la actualidad.
2.2. Que, en el marco de las investigaciones en contra del ciudadano GUILLERMO BERMEJO ROJAS por el delito contra la tranquilidad pública, en la modalidad de afiliación de organización terrorista, en agravio del Estado, la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal propone a la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia se declarare NULA la sentencia del 31 de enero de 2022, que falló absolviendo al denunciado antes mencionado.
2.3. Que, el 07 de diciembre del 2022 el ex presidente Pedro Castillo Terrones, mediante un mensaje a la nación, anunció un golpe de estado, cerrando inconstitucionalmente el Congreso de la República, interviniendo ilegalmente otras instituciones autónomas y vulnerando una serie de libertades y derechos del pueblo peruano, por lo que ese mismo día el Pleno del Congreso decidió, con 101 votos a favor, vacar al ex presidente de la República.
2.4. Que, el 08 de diciembre de 2022 se hizo público en las redes sociales del congresista denunciado una nota informativa de número 765-2022-5F9T-POLIT, mediante la cual se informó del arribo del parlamentario al departamento de Ica, como protocolo de seguridad, y además se da cuenta que el mencionado congresista se negó a contar con resguardo policial por parte de UNISEEST PNP ICA.
2.5. Que, el 12 de diciembre de 2022 el ex ministro de defensa y actual Presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, señaló textualmente en RPP lo siguiente:
En el caso de Ica, por ejemplo, el caso concreto de la Panamericana Sur, son asociaciones de agricultores pero azuzados, porque esa es la palabra, no encuentro otra palabra, por algunos políticos interesados en generar el caos. Concretamente el congresista (Guillermo) Bermejo ha estado hace poco alojado en un hotel de lujo en Ica, tenemos entendido, dirigiendo y conspirando contra el Estado de derecho.
2.6. Que, el día 13 de diciembre, el diario El Comercio hizo público un informe emitido por los agentes de inteligencia policial, quienes habían reportado que el Congresista Guillermo Bermejo llegó a Ica el mismo día en el que se iniciaron las revueltas, señalando además que “El resguardo personal del congresista confirmó su arribo a las 7:45 p.m. [del jueves 8 diciembre]”, tal como se lee en el documento; asimismo, al día siguiente (viernes 9 de diciembre), el parlamentario fue captado en una toma fotográfica cuando se desplazaba en pantalones cortos y sandalias, hablando por teléfono celular, cerca de la piscina del hotel Belle Sand, y fue en esos momentos en el que los manifestantes quemaron llantas en la Panamericana Sur; de igual manera, otra zona en la que el señor Bermejo ha realizado proselitismo político durante varios años es el valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem), y es de conocimiento público que los gremios de esta cuenca cocalera han anunciado un paro regional indefinido y estarían seriamente involucrados en los hechos de violencia de los que todo el país viene siendo víctima.
2.7. Que, el 13 de diciembre el programa dominical ‘Contracorriente’ reveló el grupo de chat ‘Frente de Lucha’, integrado por el Congresista Guillermo Bermejo, Congresista Roberto Sanchez, y aliados del vacado Pedro Castillo, quienes planean cometer actos vandálicos contra Willax Televisión y el grifo Repsol que se encuentra a la espalda del local del canal en San Borja; incluso, en este grupo se menciona a la periodista Milagros Leiva.
[Continúa…]

![Intimación para constituir en mora interrumpe la prescripción de la reparación civil fijada en la sentencia [Expediente 4173-2006-4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Si el bien estatal se utilizó principalmente para el servicio público autorizado y la irregularidad consistió solo en una circunstancia incidental, sin intención de abuso ni beneficio relevante, la conducta carece de entidad penal (fiscal ordenó a conductor permitir llevar a cuatro personas en la tolva de la camioneta del Ministerio Público cuando este se trasladaba a una localidad donde tenía una diligencia) [Apelación 143-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Trabajadores destacados no pueden realizar de forma permanente la actividad principal de la empresa [Cas. Lab. 20398-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)


![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Cuál es la primera oportunidad que tiene el trabajador para rechazar la indemnización por despido arbitrario? [Cas. Lab. 41369-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la configuración de una infracción insubsanable, el inspector debe demostrar que el incumplimiento ha generado un efecto irreversible [Resolución 0282-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)


![Destituyen a juez de paz por haber tramitado expedientes pese a encontrarse suspendido [Investigación Definitiva 231-2024-Ventanilla]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/BANNER-NOTICIA-DESTITUYEN-JUEZ-AVALAR-DESCERRAJE-INMUEBLE-LPDERECHO-1-218x150.jpg)



![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)














![[VÍDEO] César Nakazaki: Todos los tribunales de justicia penal internacional han trabajado con tipos penales establecidos en normas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_Nakasaki_incorporacion-del-derecho-penal_LP-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-324x160.jpg)

![[VÍDEO] César Nakazaki: Todos los tribunales de justicia penal internacional han trabajado con tipos penales establecidos en normas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_Nakasaki_incorporacion-del-derecho-penal_LP-100x70.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![Seis características de la extradición: entrega internacional entre Estados, territorialidad del delito, vigencia de la acción penal, nacionalidad del extraditado, exclusión por delitos políticos o conexos y prohibición por discriminación [Exp. 3966-2004-HC/TC, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)