Como lo informamos, el último 2 de febrero, se publicó, por fin, el Reglamento de la Ley 28970, que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), aprobado mediante Decreto Supremo 008-2019-JUS.
La norma tiene como objeto establecer las funciones y obligaciones que corresponden a las entidades públicas y privadas involucradas para el funcionamiento y eficacia del Redam.
El Reglamento precisa que el requisito para estar inscrito en el Redam es adeudar por lo menos tres cuotas sucesivas o alternadas de sus obligaciones alimentarias en los casos de procesos con sentencia o con acuerdo conciliatorio; o tres pensiones devengadas, en el caso de procesos en trámite con mandato cautelar, o en el proceso de ejecución del acuerdo conciliatorio.
También se especifica el procedimiento a seguir. Dada la importancia de la norma, el equipo de Legis.pe ha preparado estas infografías para entender mejor sus alcances: