El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respondió a una denuncia presentada por la Federación Nacional de Defensa Pública contra Walter Eleodoro Martínez Laura por presuntamente haber modificado irregularmente la jornada y horario de trabajo de los servidores de la defensa pública sin contar con la facultad para ello.
El documento informa que se ha generado el Expediente 018-2025-ST-MINJUSDH, el cual se encuentra en la fase de investigación preliminar. En esta etapa, se recopilarán pruebas y documentación para determinar si procede abrir un procedimiento administrativo disciplinario o archivar la denuncia.
Miraflores, 10 de febrero de 2025
CARTA Nº 043-2025-OGRRHH-OGEC-ST
Señor: RONAL JAVIER ROMERO PAREDES
Secretario General de la Federación Nacional de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
[email protected]
Presente. –
Asunto: Se brinda información sobre hechos reportados.
Referencia: Denuncia, del 10 de enero de 2025
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en atención al documento de la referencia, mediante el cual usted en representación de la Federación Nacional de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, denuncia a Walter Eleodoro Martínez Laura por presuntamente haber modificado la jornada y horario de trabajo a los servidores de la Defensa Pública a nivel nacional, no siendo el funcionario competente para realizar dichas modificaciones de acuerdo a los documentos de gestión de la entidad.
Al respecto, en el marco de la competencia recaída como secretario técnico de la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario, cumplo con informar, conforme lo dispone el artículo 101° del Reglamento General de la Ley N° 30057, que el referido reporte ha generado el Expediente N° 018-2025-ST-MINJUSDH, el mismo que tiene el siguiente estado:
En ese sentido, el Expediente N° 018-2025-ST-MINJUSDH, se encuentra en la etapa de investigación preliminar, en la cual, a través de solicitudes de información o documentación y otras diligencias, se investiga el deslinde de responsabilidades a efectos que la denuncia pueda ser pre calificada por el secretario técnico, a través del informe de precalificación, recomendando, de corresponder, la apertura de procedimiento administrativo disciplinario, la declaratoria de no ha lugar o la prescripción de los hechos reportados.
Finalmente, se hace de su conocimiento que esta Secretaría Técnica viene atendiendo los expedientes administrativos disciplinarios a su cargo, teniendo en consideración los plazos de prescripción establecidos en la Ley del Servicio Civil, la fecha de presentación de estos, la complejidad de la materia y nuestra capacidad operativa.
Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para expresarle las muestras de mi consideración.
Atentamente,
Pablo Michael Hurtado Canales
Secretario Técnico
Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario
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