[10:27 h.]
El politólogo, Martín Tanaka, también renunció al comité consultivo de la Comisión de Constitución del Congreso. Mediante un comunicado compartido por su cuenta de Twitter. Además, el abogado y presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral (IPDE), José Manuel Villalobos, también renunció.
[Actualización 8.7.2020]
Hasta ahora son 10 los miembros del consejo consultivo de la Comisión de Constitución que han renunciado por estar en desacuerdo con las reformas aprobadas en el Congreso sobre inmunidad parlamentaria a altos funcionarios públicos.
En esta oportunidad Fernando Tuesta Soldevilla, Juan Carlos Ruiz Mollenda, Samuel Abad, Javier de Belaunde y Violeta Bermúdez Valdivia presentaron sus renuncias al presidente de la Comisión de Constitución.
Lo mismo hicieron, en una carta conjunta, los abogados Elena Alvites, Betzabé Marciani, Rocío Villanueva, Elizabeth Salmón y Luciano López Flores.





[Actualización 7.7.2020 17:29 h]
Hasta el momento son tres las renuncias al comité consultivo de la Comisión de Constitución: los exmagistrados del TC, Oscar Urviola y César Landa Arroyo, y el exministro Pedro Cateriano.
Esta decisión se produce después de los cambios constitucionales aprobados en el pleno del domingo, en el que se aprobó la modificación de ocho artículos de la Constitución.
A diferencia de Landa Arroyo, que firmó una extensa carta explicando las razones que lo llevaron a tomar tal decisión, Pedro Cateriano remitió una lacónica carta para dejar el órgano consultivo de la Comisión congresal liderada por Chehade Moya.

[Nota original 7.7.2020 15:40 h]
El expresidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola Haní, presentó su renuncia al consejo consultivo de la comisión de Constitución del Congreso, tras las últimas reformas aprobadas el último domingo.
A continuación transcribimos la carta que envió.
Arequipa, 6 de julio de 2020
«Señor congresista Ornar Chehade Moya
Presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento Congreso de la República
De mi consideración:
Me veo en la obligación moral de dirigirme a usted para presentar mi renuncia irrevocable a la condición de miembro del Consejo Consultivo de la comisión que preside, con la que me honró y que generó en mi persona la expectativa de colaborar en la consolidación del Estado Constitucional y Democrático de Derecho.
He tomado esta decisión al comprobar que esta aspiración, que ha marcado toda mi trayectoria ciudadana, académica y pública, no es compatible con las decisiones adoptadas por la comisión que preside, que alteran el orden constitucional y el normal funcionamiento del sistema democrático, al aprobar dictámenes sin observar el más elemental principio de la función parlamentaria, como es el debido, serio y profundo debate de los proyectos, en especial de los proyectos de reforma constitucional.
Considero que la forma cómo se ha presentado ante el pleno del Congreso de la República el dictamen en mayoría sobre la eliminación de la inmunidad parlamentaria, cuyo alcance, de manera inesperada, sin la debida fundamentación, ha afectado la autonomía y facultades de los Magistrados del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo, el Presidente de la República y los Ministros de Estado, alterando de esta forma las bases del sistema democrático, que se basa en la división de poderes y el sistema de pesos y contra pesos.
La eliminación de la inviolabilidad de opinión y de voto de los Magistrados del Tribunal Constitucional significa una vergonzosa e injustificada limitación de sus facultades en la tarea de ejercer el control de constitucionalidad, que la propia Constitución le ha reconocido y que el Congreso le retira, en actitud de flagrante violación constitucional, que la historia registrará y que en mi condición de ex Magistrado y ex Presidente del Tribunal Constitucional no puedo avalar con mi permanencia en el Consejo Consultivo de la Comisión parlamentaria que usted preside.
No obstante, guardo todavía la esperanza que en el seno del Congreso existan señores congresistas que, de manera reflexiva y responsable, sepan pensar en los altos intereses del país que, deponiendo actitudes populistas y de grupo, enmienden esta grave alteración del orden democrático rechazando esta supuesta reforma constitucional.
Sin otro particular me suscribo de usted.
Atentamente».
![Colusión: Las irregularidades en la convocatoria y ejecución de una ADS —incorrecta determinación de bienes o del valor de mercado; indebida adjudicación; plazos y recepciones irregulares; sobrevaloraciones; y omisión de penalidades— no constituyen simples infracciones administrativas, sino un patrón de concertación [Casación 3441-2023,Lambayeque, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cohecho pasivo especifico: El hecho de que los abogados puedan acudir a los despachos fiscales, sumado a la existencia de una investigación cuya carpeta estuvo a cargo del encausado, constituye un indicio de los actos preparatorios del ofrecimiento al funcionario [Apelación 229-2024,Lima, ff. jj. 5-5.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-DOCUMENTO-ESCRITORIO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La condición de abogado y representante de la Fiscalia del encausado no es un factor a considerar objetivamente para determinar la pena dentro del máximo del tercio inferior, pues solo constituyen elementos constitutivos del delito [Apelación 229-2024,Lima, f. j. 14.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La falsedad genérica como medio para configurar el delito de aceptación indebida del cargo: Se presentó una solicitud a fin de obtener una licencia por motivos personales cuando, en verdad, tuvo como finalidad ejercer el cargo de ministro [Apelación 21-2025, Corte Suprema, f. j. 5.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Jurisprudencia del artículo 200.6 de la Constitución.- [Procesos constitucionales]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/BANNER-UNIVERSAL-CONTITUCION-LIBRO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![El aumento por extensión de la jornada laboral es remunerativo aunque no se haya pactado como básico [Cas. Lab. 6535-2023, Callao]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/laboral-horas-extras-sobretiempo-sobre-tiempo-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)
![El empleador puede asignar labores temporales siempre que esten en la misma categoría remunerativa [Casación 30775-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Sunafil debe aplicar la sanción teniendo en cuenta el número de trabajadores que laboraba en cada obra y no el total [Casación Laboral 17464-2023, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)



![Disponen el aumento del alumbrado público en vías con índices de criminalidad comprobada [Decreto Legislativo 1740]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/Cableado-Cables-electricos-luz-poste-corte-LPDerecho-218x150.png)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)














![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Jurisprudencia del artículo 200.6 de la Constitución.- [Procesos constitucionales]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/BANNER-UNIVERSAL-CONTITUCION-LIBRO-LPDERECHO-1-100x70.jpg)

