El Curso de Extensión Universitaria de Fiscalización Ambiental 2020 se desarrollará en un total de 150 horas cronológicas presenciales a lo largo de 4 semanas de intenso trabajo académico con docentes y conferencistas, nacionales e internacionales de alto nivel.
El Programa combina la enseñanza presencial y personalizada durante sesiones de clase y talleres prácticos, que son complementados mediante trabajos de campo y de gabinete.
La formación incluye una serie de conferencias y charlas para que los participantes puedan preparar un ensayo para la mejora de la fiscalización ambiental.
Objetivo General
Especializar a 72 universitarios/as (egresados/as o estudiantes de los dos últimos ciclos o último año), de las especialidades de Derecho (24), Ciencias (24) y Economía (24) en sus conocimientos respecto al rol y las funciones que desarrolla el OEFA; así como en herramientas e información relevante sobre evaluación ambiental, supervisión, fiscalización y sanción para la promoción del cumplimiento ambiental.
Objetivos Específicos
- Seleccionar a los/as mejores profesionales y especializarlos/as en fiscalización ambiental.
- Fortalecer el interés de los/as profesionales en las materias de fiscalización ambiental.
- Promover la empleabilidad de profesionales en las materias de fiscalización ambiental.
- Promover la generación de conocimiento en fiscalización ambiental.
Beneficios
- Especialización en fiscalización ambiental a nivel de post grado con excelencia académica, profesores/as nacionales e internacionales.
- Posibilidad de ingresar a practicar al OEFA.
- Beca de estudio al 100%.
- El OEFA cubrirá los gastos de alimentación y hospedaje de los/as participantes de provincias que ocupen los 8 primeros lugares de cada especialidad en el proceso de admisión.
- Los/as egresados/as del curso que ocupen los 3 primeros puestos por especialidad podrán acceder a prácticas en el OEFA hasta por un año, de acuerdo con las necesidades institucionales.
INSCRIPCIONES
Perfil y requisitos del/la participante
El curso está dirigido a 72 universitarios/as egresados/as en el año 2019 (o estudiantes de los dos últimos ciclos al momento del examen de selección) procedentes de las especialidades de:
- Ciencias*: Biología, Ingeniería Ambiental, de Minas, Eléctrica, Geográfica, Geológica, Industrial, Pesquera, Petrolera, Química y otras afines
- Economía: Economía o Ingeniería Económica
- Derecho
Los/as participantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Pertenecer al tercio superior de su promoción, ciclo u año académico
- Contar con una cuenta de correo electrónico
- Contar con disponibilidad a tiempo completo durante el período del curso
Proceso de admisión
Se realizará en tres etapas:
- Inscripción vía web, que incluye:
- Registro de datos personales y aceptación del tratamiento de los mismos bajo la normativa pertinente
- Constancias emitidas por la autoridad competente de la universidad de procedencia que señalen lo siguiente:
- Que el/la postulante pertenece, como mínimo, al tercio superior en el último ciclo o año cursado en el programa de estudios correspondiente.
- Que es egresado/a de la carrera correspondiente, en caso de egresados; o constancia que declare los ciclos o el año pendiente de cursar, en el caso de estudiantes.
- Evaluación de conocimientos
- Razonamiento verbal
- Razonamiento matemático
- Aspectos técnicos de la propia especialidad de Ciencias, Economía o Derecho, de acuerdo con el perfil del/la postulante
- Revisión documentalImplica la revisión del cumplimiento de los requisitos establecidos para la postulación.
Fechas importantes
| Actividad | Fecha |
|---|---|
| Convocatoria y difusión | Del 5 de septiembre al 30 de diciembre de 2019 |
| Inscripción online y acreditación de cumplimiento de requisitos | Del 14 de octubre al 30 de noviembre de 2019 |
| Publicación de postulantes inscritos | Lunes 9 diciembre de 2019 |
| Evaluación de conocimientos | Domingo 15 de diciembre de 2019 |
| Publicación de resultados de la evaluación de conocimientos y cumplimiento de requisitos | Lunes 23 de diciembre de 2019 |
| Inicio del curso | Lunes 20 de enero de 2020 |
| Fin del curso | Viernes 14 de febrero de 2020 |
*Se considera como ciencias a las profesiones de las áreas de conocimiento STEM (Science, Technology, Engineering & Mathematics) vinculadas a los temas ambientales.
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![Aun cuando la colusión es un delito de encuentro, ello no excluye la aplicación de la agravante por pluralidad de agentes; si participan más de dos personas [Casación 1379-2017, Nacional, f. j. 26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
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![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del DL 1219 que fortalece la función criminalística policial [Decreto Supremo 011-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican Reglamento del Código de Ejecución Penal para adecuarlo a la Ley que incorpora a adolescentes de 16 y 17 años al sistema penal [DS 022-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/adolescentes-como-sujetos-imputables-del-sistema-penal-por-la-comision-de-delitos-graves-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para adecuarlo a la Ley 32330 [DS 023-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/10/ADOLESCENTE-PENAL-LP-218x150.png)
![Mire-Ya: Ciudadanos podrán consultar en tiempo real el estado de sus expedientes [Res. 00171-2025-Sunarp/SN] Cierres duplicidad partidas registrales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-PLATAFORMA-VIRTUAL-LP-DERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)







![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)




![No es posible excluir la prueba por errores advertidos posteriormente en la justicia brasileña, máxime si no se acredita una actuación deliberadamente ilícita de la fiscalía en su obtención (caso Lavajato) [Exp 00017-2017-114, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


