José Angulo
Abogado de Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados
El pasado 15 de febrero, el presidente Pedro Pablo Kuczynski, indicó, a través de su cuenta de Twitter, que encargó al ministro de Trabajo, Javier Barreda, que convocara al Consejo Nacional del Trabajo (CNT) con el propósito de evaluar la viabilidad de aumentar la Remuneración Mínima Vital (RMV).
De esta manera, el CNT, después de casi once meses de para, se volvió a reunir para debatir este importante tema, por lo que se trasladó a su comisión técnica esta propuesta: con el fin de que se pueda determinar si es viable y a cuánto ascendería dicho aumento.
Lea también: Amas de casa percibirían salario mensual de 70% de la remuneración mínima vital
El 4 de marzo de 2018, el presidente, a través de una declaración en canal 7, señaló que “estamos pensando que se debe tener un aumento moderado en la remuneración mínima vital, eso lo vamos a hacer”.
A la fecha, el ministro de Trabajo ha informado que no se ha llegado a ningún acuerdo y que la discusión sobre el aumento de la RMV se retomará el próximo 15 de marzo, según una declaración realizada a Canal N el 6 de marzo del 2018.
Este tema es de vital importancia, pues se encuentra en una confrontación de posturas. De un lado tenemos a un grupo, apoyado por los sindicatos, que señala que esta medida es justa y necesaria, pues a la fecha, de acuerdo con las cifras declaradas por el Banco Mundial, el salario mínimo ha aumentado en varios países de América Latina.
El primer lugar lo ocupa Argentina, que el pasado julio del año 2017 subió en 640 pesos su remuneración mínima, siendo a la fecha 9,500 pesos (US$ 498 aproximadamente). Adicionalmente, ya ha decretado que el próximo julio de este año subirá a 10,000 pesos en total, unos US$ 530 aproximadamente.
Uruguay, con un aproximado de US$ 470, toma el segundo lugar, seguido por Chile, con un aproximado de US$ 456. Ecuador con US$ 386 y Paraguay con US$364 aproximadamente, le siguen en la lista.
Perú, actualmente, tiene fijada su remuneración mínima vital en S/. 850, lo que equivale a unos US$ 270 aproximadamente, siendo uno de los países con la RMV más baja en la región.
Por otro lado, algunos gremios empresariales han destacado que la presente medida podría afectar la política de formalización que se viene implementando e impulsando por el propio gobierno. Jorge Ochoa, titular del Comité de la Pequeña Empresa de la Cámara de Comercio de Lima, señaló a Perú21 que actualmente un 80% de las pequeñas empresas en el Perú se caracterizan por tener una baja productividad laboral y un alto grado de empleo informal.
El aumento o no de la RMV es un tema sumamente importante, y más vale no tomarlo a la ligera. El Convenio 131 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señala que la RMV se debe determinar tomando en cuenta las necesidades de los trabajadores y de sus familias, el costo de vida, de las prestaciones de seguridad social y del nivel de vida relativo de otros grupos sociales. Asimismo, son relevantes los factores económicos, incluidos los requerimientos del desarrollo económico, los niveles de productividad y la conveniencia de alcanzar y mantener un alto nivel de empleo, exactamente las dos posturas en discordia.
Aunado a ello, debemos resaltar la incidencia en otras obligaciones laborales que van de la mano con la RMV. Es así que, un posible aumento de la RMV, no solo modificaría el sueldo mínimo, sino el valor de la asignación familiar (el 10% de una RMV), pagos mínimos por sectores y actividades especiales (trabajo nocturno, agrario, etc.), el pago mínimo de la contribución al EsSalud (9% de una RMV), entre otros. Todos estos hechos esperamos sean tomados en cuenta por la CNT o por el Ejecutivo, para la toma de una decisión adecuada y técnica, pues como hemos observado hay varios factores en consideración.


![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Lea la sentencia completa que condenó a Pedro Castillo y otros por conspiración para rebelión [Expediente 39-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOC-PENAL1-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)






![Caso JNE: Resuelven en mayoría declarar improcedente participación de partido [Exp. 06374-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En mayoría y con voto en discordia, declaran Improcedente medida cautelar de Salvador Del Solar [Exp. 04935-2024-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Salvador-del-Solar-LP-Derecho-218x150.png)

![OECE: directiva para el registro de valorizaciones de obra en el SEACE [Resolución D000083-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)




![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)











![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)







![MEF: aprueban reglamento operativo de fondos bursátiles [RM 324-2020-EF/52]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/08/Ministerio-de-Econom%C3%ADa-y-Finazas-MEF-LP-324x160.png)