Modelo de solicitud administrativa de notificación defectuosa

El acto administrativo es eficaz a partir de su notificación. En caso de que la notificación no cumpla con el contenido ni formalidades previstas en la ley, se puede solicitar a la autoridad administrativa que se declare defectuosa la notificación, disponiéndose que se rehaga la misma. A continuación, le mostramos el modelo de solicitud de notificación defectuosa de un acto administrativo (autor José María Pacori Cari).


Modelo de solicitud de declaración de notificación defectuosa de acto administrativo

EXPEDIENTE N.°     [identificar]

SUMILLA: Solicito se declare la notificación defectuosa de la Resolución [identificar]

SEÑOR [indicar a la autoridad administrativa que emitió la resolución administrativa que debía ser correctamente notificada]

[nombre, denominación o razón social del administrado], con RUC N.° [número], con dirección domiciliaria en [indicar], debidamente representado por su Gerente General [nombres], con DNI N.° [número]; a Ud., respetuosamente, digo:

En el presente caso, denunciaremos un vicio incurrido en la notificación al administrado de la Resolución [identificar], conforme a lo previsto en el artículo 15 del TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General – Decreto Supremo 004-2019-JUS – que indica:Los vicios incurridos en la ejecución de un acto administrativo, o en su notificación a los administrados, son independientes de su validez. Por lo tanto, el presente escrito no constituye una impugnación de los actos antes indicados, sino el cuestionamiento de la existencia de una notificación defectuosa.

I. COMPETENCIA PARA RESOLVER LA NOTIFICACIÓN DEFECTUOSA

El artículo 73 del TUO de la Ley 27444 indica:

73.1 Cuando una norma atribuya a una entidad alguna competencia o facultad sin especificar qué órgano a su interior debe ejercerla, debe entenderse que corresponde al órgano de inferior jerarquía de función más similar vinculada a ella en razón de la materia y de territorio, y, en caso de existir varios órganos posibles, al superior jerárquico común. 73.2 Particularmente compete a estos órganos resolver los asuntos que consistan en la simple confrontación de hechos con normas expresas o asuntos tales como: certificaciones, inscripciones, remisiones al archivo, notificaciones, expedición de copias certificadas de documentos, comunicaciones o la devolución de documentos. 73.3 Cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos.

En el presente caso, al ser el [identificar] el órgano que emitió la resolución final en el presente procedimiento administrativo sancionador donde se ha emitido la Resolución [identificar] le corresponde resolver el presente pedido de notificación defectuosa.

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II. EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO

Como pretensión administrativa principal, solicito se declare la notificación defectuosa de la Resolución [identificar] por contravención a la formalidad prevista en el artículo [número] del TUO de la Ley 27444; y, como consecuencia:

Como pretensión administrativa accesoria, solicito se declare la ineficacia provisional de la Resolución [identificar], en tanto se ordene rehacer la notificación del mencionado acto administrativo, subsanando la omisión advertida, sin perjuicio para el administrado.

III. BASE LEGAL

El presente pedido es posible jurídicamente en el procedimiento administrativo y es estrictamente realizado conforme al artículo 26.1 – notificaciones defectuosas – del TUO de la Ley 27444 que indica:

En caso que se demuestre que la notificación se ha realizado sin las formalidades y requisitos legales, la autoridad ordenará se rehaga, subsanando las omisiones en que se hubiesen incurrido, sin perjuicio para el administrado.

IV. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

1. Con fecha [indicar] se emite la Resolución [indicar] que resuelve [indicar].

2. Con fecha [indicar] se hace el depósito de la notificación electrónica a la casilla electrónica [indicar].

3. Sin embargo, se ha omitido la constancia de recepción de la notificación por parte del administrado, lo que es distinto de la constancia de depósito de la notificación, contraviniéndose la formalidad prevista en el antepenúltimo y penúltimo párrafo del artículo 20 del TUO de la Ley 27444 que indican:

La entidad que cuente con disponibilidad tecnológica puede asignar al administrado una casilla electrónica gestionada por esta, para la notificación de actos administrativos, así como actuaciones emitidas en el marco de cualquier actividad administrativa, siempre que cuente con el consentimiento expreso del administrado. Mediante decreto supremo del sector, previa opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, puede aprobar la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica. En ese caso, la notificación se entiende válidamente efectuada cuando la entidad la deposite en el buzón electrónico asignado al administrado, surtiendo efectos el día que conste haber sido recibida, conforme a lo previsto en el numeral 2 del artículo 25.

4. De esta manera, es evidente la contravención al debido procedimiento administrativo en el presente caso, por cuanto al no obtener la constancia de recepción de notificación del acto indicado, se debió notificar conforme a las modalidades de notificación previstas en el TUO de la Ley 27444, situación que no se ha realizado, motivando la existencia de notificación defectuosa y la fundabilidad del presente pedido.

V. MEDIOS PROBATORIOS

1. Copia de la Resolución [identificar] que resuelve [indicar]

2. Constancia de depósito de la notificación electrónica a la casilla electrónica [identificar].

Con la constancia de depósito de la notificación electrónica del acto indicado, se acredita que no existe constancia de recepción de notificación del administrado, por lo que se ha incurrido en notificación defectuosa.

VI. ANEXOS

1-A Copia del documento nacional de identidad del representante legal

1-B Vigencia de poder del representante legal

1-C Copia de la Resolución [identificar]

1-D Constancia de depósito de la notificación electrónica a la casilla electrónica [identificar]

POR LO EXPUESTO:

Pido a usted declarar fundado el pedido realizado, rehaciendo las notificaciones defectuosas.

Lima, 27 de marzo de 2026.

[Firma del administrado; no es necesaria la firma de abogado]

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Maestro en Ciencias Políticas y Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Columnista en el Suplemento «La Gaceta Jurídica» del diario La Razón (Bolivia). Fue catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad La Salle (Perú), catedrático de Derecho del Trabajo, Derecho de la Seguridad Social y Derecho Comercial en la Universidad José Carlos Mariátegui (Perú). Es miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa. Docente de LP Pasión por el Derecho, el portal jurídico más leído del Perú.