Colegas, en esta ocasión compartimos un didáctico modelo de poder especial para divorcio por mutuo acuerdo y divorcio ulterior, elaborado por la abogada Yliana Mimbela.
Sírvase usted extender en su registro de escrituras públicas una de otorgamiento de poder especial que yo, don xxxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, de ocupación xxxxxxxxxx, estado civil casado, de nacionalidad peruana, identificado con documento nacional de identidad xxxxxxx, domiciliado en xxxxxxxxxxxxxxxxx, distrito de xxxx, provincia y departamento de ****, hábil para contratar, inteligente en la lengua castellana, en uso de mis facultades y en nombre propio, otorgo en favor de doña xxxxxxxxxxxxxxxxxx, de ocupación xxxxxxxxxx, estado civil casada, nacionalidad peruana, identificada con documento nacional de identidad xxxxxxxx, domiciliada en xxxxxxxxxxxxxxxxxx, distrito de xxxxxxxx, provincia y departamento de lima, bajo los términos y condiciones siguientes:
Primero.- Para que la apoderada en representación de los derechos y acciones del poderdante, y como si fuera el mismo inicie y participe en todos los trámites administrativos ante la municipalidad distrital de xxxxxx, respecto del trámite de separación convencional y divorcio ulterior.
Segundo: Por el presente faculto a mi apoderada doña xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx para representarme en el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior ante la municipalidad distrital de xxxxxxxxxx y/o notarias, regulado por Ley 29227 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 009-2008-JUS, respecto del matrimonio contraído con doña xxxxxxxxxxxxxxxxxx, con DNI xxxxxxxxxx; matrimonio celebrado en la municipalidad distrital de xxxxxxxxxxxxx, el día xx de xxxxxxxxx del año xxxx.
Tercero: Para el ejercicio de la representación para el acto señalado en la cláusula segunda otorgo a mi apoderada las facultades específicas requeridas para suscribir documentos públicos y/o privados que sean necesarios para la tramitación de la separación convencional y divorcio ulterior de conformidad con los artículos 145º y 155º del Código Civil, en concordancia con el artículo 15º del Decreto Supremo 009-2008-JUS, reglamento de la Ley 29227, encontrándose autorizada para suscribir solicitudes; como las solicitudes de separación convencional y de divorcio ulterior, declaraciones juradas personales, declaraciones juradas de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad y declaración jurada de carecer bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales, declaración jurada indicando último domicilio conyugal, para solicitar y presentar las copias certificadas que sean requeridas, acudir a la audiencia solicitada por la notaria o municipalidad con el fin de ratificar mi voluntad de efectivizar la separación y extinción del vínculo matrimonial, suscribiendo el acta correspondiente; en general todas las facultades especiales que para el caso se requieren durante todo el procedimiento administrativo de separación convencional por mutuo acuerdo y divorcio ulterior, inclusive para suscribir minutas y escrituras públicas relacionadas específicamente a la separación convencional y de divorcio ulterior si este fuera notarial y/o recoger las resoluciones de divorcio si este trámite fuera en sede municipal, y de ser el caso, sus aclaraciones, sus subsanaciones realizando asimismo las gestiones que fueran necesarias para efecto de su inscripción en los registros correspondientes es decir, registros civiles de la municipalidad de xxxxxxxxxxxxxx, Reniec y/o registro personal de los registros públicos y terminar con el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior.
Cuarto: En aplicación estricta del artículo 153º del Código Civil vigente, señalo que el presente poder será irrevocable por un plazo de un año, ya que el presente poder tratar de un acto especial (trámite administrativo de separación convencional y divorcio ulterior ante la municipalidad distrital de xxxxx.
Desde ahora doy por bien hecho cuanto haga mi apoderada en ejercicio de este poder, pues es mi ánimo que por ningún motivo pueda ser tachado de insuficiente o falto de personería, por ello el plazo de duración del presente poder es determinado por doce meses.
Lima, xx de diciembre de 2020
________________________________________
Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
DNI xxxxxxxx
Descargue aquí el modelo en formato Word.


![URGENTE: Lea la resolución que condena a Guillermo Bermejo a 15 años de cárcel por «pertenencia» a Sendero Luminoso [Exp. 00059-2015-0-5001-JR-PE-01] Guillermo Bermejo-sentencia](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Guillermo-Bermejo-sentencia-LP-Derecho-218x150.png)
![Que municipio destine S/440.40 y S/844.10 para comprar cerveza no constituye delito de peculado, porque el hecho en sí mismo no produce una perturbación social que amerite la intervención del derecho penal en tanto el perjuicio económico no es significativo [RN 935-2015, Cusco, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Voto singular: El hábeas corpus no procede contra resoluciones sobre medios técnicos de defensa (excepción de naturaleza de acción), pues estos no inciden en la libertad individual ni corresponde al juez constitucional sustituir el análisis de la justicia ordinaria (caso Cócteles) [Exp. 02109-2024-HC/TC, pp. 116-117]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/VOTO-SINGULAR-HABEAS-CORPUS-RESOLUCIONES-MEDIOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La libertad de contratación no puede ejercerse al margen de las normas que rigen el ordenamiento jurídico, como la prohibición de tercerización de actividades que forman parte del núcleo del negocio, dado que esta se fundamenta en la protección constitucional de los derechos laborales [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 68-69]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LIBERTAD-CONTRATACION-MARGEN-JURIDICO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)


![Suspenden el examen de conocimientos de suboficiales para el proceso de ascenso [RM 1970-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ministerio-del-Interior-LP-218x150.png)
![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Sala otorga tenencia a padre conocido por protestar cantando en frontis de juzgado [Expediente 02892-2021-0-2001-JR-FT-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PADRE-CANTANDO-PROTESTA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Indecopi declara ilegal que municipio limite venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado hasta las 11 p. m. [Res. 0382-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/BODEGA-ALCOHOL-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
