La legislación peruana permite la contratación de personal extranjero siempre que estos no excedan del 20 % del número total de trabajadores empleados y que el total de las remuneraciones otorgadas a los trabajadores extranjeros no exceda del 30 % del total de la planilla de remuneraciones.
Los porcentajes pueden ser exonerados en el caso de personal profesional o técnico especializado, personal de dirección y/o gerencial así como en otros casos que justifiquen tal contratación.
CONTRATO DE TRABAJO PARA EXTRANJEROS
Conste por el presente documento el contrato de trabajo de personal extranjero que celebran, de una parte la empresa [nombre o razón social] identificada con RUC […], con domicilio en […], distrito […], provincia […], departamento […], cuya constitución obra debidamente inscrita en […] del registro […], de […], dedicada a la actividad económica de […], habiendo dado inicio a su actividad empresarial con fecha […], debidamente representada por […], identificado con DNI […] cuyo mandato se halla inscrito a fojas […] del tomo […], asiento […], de los Registros Públicos de […], a quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR; y de la otra parte, Don […] con documento de identidad […], nacido en la ciudad de […], país […], de nacionalidad […],de profesión o especialidad […], con domicilio en […], en adelante EL TRABAJADOR; bajo los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a la actividad económica descrita en la introducción del presente documento y requiere de un […]
SEGUNDO: EL TRABAJADOR es [describir calificación laboral], y declara estar calificado para el puesto ofrecido.
TERCERO: Por medio del presente, EL EMPLEADOR contrata los servicios de EL TRABAJADOR, que se llevaran a cabo en […], teniendo en cuenta lo señalado en las cláusulas precedentes.
CUARTO: La jornada será de […],. horas semanales, de [indicar días], en el horario de […],
QUINTO: EL EMPLEADOR abonará a EL TRABAJADOR, en calidad de remuneración los conceptos siguientes:
A) Dineraria
– Haber mensual: […] x 12 = […]
– Gratificaciones: […] al año = […]
– Otras bonificaciones […] al año =[…]
– Subtotal Anual = […]
B) Especie
– Vivienda por un valor anual de S/.=[…]
– Colegio para los […], hijos, por un valor anual de S/.= […].
– Auto (uso, mantenimiento, combustible) por un valor de S/.= […]
– Otras [especificar]: […], S/.= […],
– Subtotal Anual S/.= […]
[Continúa…]

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![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Servicio de intermediación entre pasajero y taxista mediante aplicativos Uber, Cabify, Indrive, etc. no está exonerado del IGV [Informe 000107-2025-SUNAT/7T0000]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/TAXI-APLICATIVO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![CSN inaplica Ley 32170 (que prescribe delitos de lesa humanidad) y condena a militares por desapariciones forzadas de estudiantes, docentes y trabajadores, al tiempo que absuelve a otros [Exp. 00123-2010-0-5001-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-100x70.jpg)


![¿Bajo qué modalidades se puede contratar actualmente en el régimen CAS? [Informe 000518-2022-Servir-GPGSC] trabajador CAS](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/SERVIR-trabajador-CAS-LP-324x160.png)