La legislación peruana permite la contratación de personal extranjero siempre que estos no excedan del 20 % del número total de trabajadores empleados y que el total de las remuneraciones otorgadas a los trabajadores extranjeros no exceda del 30 % del total de la planilla de remuneraciones.
Los porcentajes pueden ser exonerados en el caso de personal profesional o técnico especializado, personal de dirección y/o gerencial así como en otros casos que justifiquen tal contratación.
CONTRATO DE TRABAJO PARA EXTRANJEROS
Conste por el presente documento el contrato de trabajo de personal extranjero que celebran, de una parte la empresa [nombre o razón social] identificada con RUC […], con domicilio en […], distrito […], provincia […], departamento […], cuya constitución obra debidamente inscrita en […] del registro […], de […], dedicada a la actividad económica de […], habiendo dado inicio a su actividad empresarial con fecha […], debidamente representada por […], identificado con DNI […] cuyo mandato se halla inscrito a fojas […] del tomo […], asiento […], de los Registros Públicos de […], a quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR; y de la otra parte, Don […] con documento de identidad […], nacido en la ciudad de […], país […], de nacionalidad […],de profesión o especialidad […], con domicilio en […], en adelante EL TRABAJADOR; bajo los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a la actividad económica descrita en la introducción del presente documento y requiere de un […]
SEGUNDO: EL TRABAJADOR es [describir calificación laboral], y declara estar calificado para el puesto ofrecido.
TERCERO: Por medio del presente, EL EMPLEADOR contrata los servicios de EL TRABAJADOR, que se llevaran a cabo en […], teniendo en cuenta lo señalado en las cláusulas precedentes.
CUARTO: La jornada será de […],. horas semanales, de [indicar días], en el horario de […],
QUINTO: EL EMPLEADOR abonará a EL TRABAJADOR, en calidad de remuneración los conceptos siguientes:
A) Dineraria
– Haber mensual: […] x 12 = […]
– Gratificaciones: […] al año = […]
– Otras bonificaciones […] al año =[…]
– Subtotal Anual = […]
B) Especie
– Vivienda por un valor anual de S/.=[…]
– Colegio para los […], hijos, por un valor anual de S/.= […].
– Auto (uso, mantenimiento, combustible) por un valor de S/.= […]
– Otras [especificar]: […], S/.= […],
– Subtotal Anual S/.= […]
[Continúa…]

![Impedimento de salida: El patrimonio que acumuló la investigada en su cargo de expresidenta, así como los viajes internacionales realizados en el ejercicio de sus funciones y que su hijo trabaje para la ONU en EE. UU., no constituyen factores determinantes de un peligro de fuga (caso Dina Boluarte) [Exp. 00171-2025-5, ff. jj. 7.2.24-7.2.25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No hay vulneración del debido proceso ni de la tutela procesal efectiva si la denuncia fue admitida, se realizaron diligencias y la recurrente participó e incluso interpuso recurso de elevación [Exp. 00436-2025-PA/TC, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
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