PRONUNCIAMIENTO
Ante la sorpresiva decisión del Fiscal de la Nación de dar por concluida la designación del Fiscal Superior Titular Rafael Ernesto Vela Barba como Coordinador del Equipo Especial y del Fiscal Provincial José Domingo Pérez Gómez como integrante del citado Equipo, nos vemos en la imperiosa necesidad de expresar nuestro rechazo a la injusta decisión materializada por el señor Fiscal de la Nación. Ante esta situación anómala, manifestamos nuestro total respaldo y solidaridad al señor Fiscal Superior Titular Vela Barba y al Fiscal Provincial Pérez Gómez.
Cabe señalar que la decisión del señor Fiscal de la Nación resulta inadecuada y afecta la lucha frontal contra la corrupción porque perjudica el avance de las investigaciones, procesos de colaboración eficaz y obtención de material probatorio, así como, frustra la firma del Acuerdo de Colaboración con la empresa Odebrecht, que ha implicado un trabajo intenso y coordinado por parte de los integrantes de este Equipo Especial con los sujetos legitimados, liderado e impulsado con buen criterio por el Fiscal Superior Titular Vela Barba.
En este contexto, los fiscales suscritos estamos evaluando nuestra continuidad como integrantes del Equipo Especial en tanto dicha decisión no se revierta. Consecuentemente, nos adherimos al llamado efectuado por los señores Fiscales Supremos Pablo Sánchez Velarde y Zoraida Avalos Rivera en relación a nuestro compromiso con la institucionalidad del Ministerio Público y la lucha contra la impunidad.
Germán Juarez Atoche
Fiscal Provincial
Equipo Especial
Norma Geovana Mori Gomez
Fiscal Provincial
Equipo Especial
Carlos Puma Quispe
Fiscal Provincial
Equipo Especial

![Impedimento de salida: El patrimonio que acumuló la investigada en su cargo de expresidenta, así como los viajes internacionales realizados en el ejercicio de sus funciones y que su hijo trabaje para la ONU en EE. UU., no constituyen factores determinantes de un peligro de fuga (caso Dina Boluarte) [Exp. 00171-2025-5, ff. jj. 7.2.24-7.2.25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No hay vulneración del debido proceso ni de la tutela procesal efectiva si la denuncia fue admitida, se realizaron diligencias y la recurrente participó e incluso interpuso recurso de elevación [Exp. 00436-2025-PA/TC, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Derecho de defensa: Cada vez que haya una modificación en la acusación —por devolución—, debe habilitarse nuevamente el plazo de 10 días para que la defensa la absuelva, aun cuando repita sus fundamentos [Exp. 01385-2019-6, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Las boletas de pago de los servidores del Estado se encuentran exceptuados de difusión pública dado que, prima facie, contienen datos de la esfera privada; sin embargo, la remuneración global sí corresponde ser publicitada como parte de la transparencia de la entidades del Estado [Exp. 04880-2024-PHD/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)

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