Como es sabido, debido a la pandemia y su rápida expansión, el Estado ha emitido diversas disposiciones que contemplan medidas de seguridad y ciertas restricciones al libre tránsito y a la libertad de reunión que, si bien parecen dirigidas hacia las empresas o actividades económicas, también podrían (y deberían) aplicarse a unidades inmobiliarias (léase, condominios o edificios) dado que son espacios de convivencia e interacción entre personas (propietarios).
Claro ejemplo de ello son los comunicados sobre los protocolos de bioseguridad que vienen siendo emitidos por las Juntas de Propietarios en los que se dictaminan ciertas restricciones para las áreas comunes, entre ellas: limitación en la cantidad de personas en el ascensor, prohibición de ingreso del personal encargado del delivery, no uso de las áreas comunes de recreación, restricciones de visitas familiares (en atención a la prohibición de reuniones dispuesta por el Gobierno), etc.
Así las cosas, me consultan casi a diario sobre la legalidad de estos acuerdos que, por lo demás, son tomados en reuniones virtuales o a través de aplicaciones como whatsapp[1]
En mi opinión, estos acuerdos son plenamente válidos máxime si nos encontramos en una situación tan extraordinaria como la pandemia que nos aqueja. Así, resulta necesario que se incorporen medidas especiales de cuidado en espacios comunes de interacción con otras personas; los condominios o edificios, obviamente son uno de ellos.
Adicionalmente, estas medidas de «nueva convivencia», de carácter restrictivo, tienen por finalidad salvaguardar la salud de los propietarios y trabajadores (del propio condominio), en concordancia con el Decreto Supremo 146-2020-PCM que prorroga el estado de emergencia y ratifica la prohibición de reuniones sociales, así como la RM 448-2020-MINSA que dicta los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores
Si bien podría decirse que se ven enfrentados dos derechos: derecho a la propiedad y su libre disfrute (individual) vs. derecho a la salud (colectivo), en este caso, tratándose de restricciones impuestas por el Gobierno Central con el objeto de salvaguardar la salud pública, son razonables y justificadas las medidas de bioseguridad adoptadas por la Junta de Propietarios orientadas a preservar la salud de los condóminos.
En otras palabras, una eventual afectación (restricción) a la libertad del propietario de un departamento se encuentra justificada por la preservación de la salud de los residentes y trabajadores del edificio.
Finalmente, si bien las limitaciones (sobre la cantidad de familiares de visita, por ejemplo) podrían afectar el ejercicio del derecho de propiedad y su libre disfrute, esto está en línea con las restricciones impuestas por el Gobierno para la prevención y control del coronavirus, de modo que es totalmente razonable que la Junta de Propietarios establezca protocolos y medidas de bioseguridad para evitar el contagio.
[1] Si bien antes de Decreto de Urgencia 100-2020 no eran posibles las reuniones virtuales, en mi opinión, dado la naturaleza de la Junta de Propietarios, sus acuerdos (aunque tomados en reuniones no presenciales), perse, no son inválidos.




![Enriquecimiento ilícito: Las medidas de levantamiento de secreto bancario y reserva tributaria y bursátil no pueden extenderse a todo el periodo en que la investigada actuó como fiscal, pues el incremento patrimonial imputado está en relación con la construcción del predio y su amoblamiento, mas no con la adquisición del terreno [Apelación 192-2025, Lima, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Para la determinación de la pena es obligatorio considerar la condición cultural de aimara del imputado —en aplicación del Convenio 169 de la OIT— (caso Walter Aduviri) [Casación 274-2020, Puno, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Procede casación de oficio cuando se advierta una afectación manifiesta de derechos fundamentales o una infracción grave del orden constitucional o legal [Queja NCPP 334-2023, Cajamarca, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)

















![Modelo de solicitud de petición administrativa [descarga en PDF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/PORTADA-Resolucion-de-preguntas-de-derecho-administrativo-Jose-Maria-Pacori-Cari-218x150.jpg)
![Multan a Smartfit Perú con más de S/400 000 por ascensor defectuoso que causó caída de una usuaria [Res. 1185-2025/ILN-CPC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Smartfit-Peru-indecopi-ascensor-LPDerecho-218x150.jpg)
![Organizaciones políticas podrán renunciar a la franja electoral [RJ 000189-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento de primarias para elecciones regionales y municipales 2026 [RJ 000187-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-218x150.png)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)













![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Modelo de solicitud de petición administrativa [descarga en PDF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/PORTADA-Resolucion-de-preguntas-de-derecho-administrativo-Jose-Maria-Pacori-Cari-100x70.jpg)
![Multan a Smartfit Perú con más de S/400 000 por ascensor defectuoso que causó caída de una usuaria [Res. 1185-2025/ILN-CPC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Smartfit-Peru-indecopi-ascensor-LPDerecho-100x70.jpg)

![Organizaciones políticas podrán renunciar a la franja electoral [RJ 000189-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-2-LPDerecho-100x70.jpg)

