El Estado peruano en su conjunto registra la mayor demanda de servicios, bienes, ejecución y supervisión de obras. Al utilizar recursos públicos, sus contrataciones deben estar enmarcadas en los principios de transparencia y seguridad jurídica. Por ello, las instituciones públicas deben incluir una cláusula arbitral a fin de solucionar posibles controversias de manera eficiente.
En dicho contexto, el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) destaca que, en el 2022, las contrataciones con el Estado constituyeron más de la mitad de sus arbitrajes laudados (56% en el último año) y que ellos se resolvieron en un plazo promedio de 14 meses[1].
Para Luis Bustamante Belaunde, presidente del Consejo Superior de Arbitraje de la referida institución, el Estado necesita contar con instituciones éticas, eficientes, ágiles y transparentes, para administrar y supervisar las controversias que puedan presentarse en el marco de los contratos públicos.
“Desde la aplicación de la Ley de Arbitraje, los resultados nos muestran que es una herramienta importante para el desarrollo del país. El Estado representa una alta demanda de servicios, ejecución y fiscalización de obras. En su funcionamiento utiliza recursos públicos, por lo que sus contrataciones deben observar principios de transparencia, legalidad y seguridad jurídica”, señaló Bustamante.
El Centro de Arbitraje de la CCL indicó que, luego de los procesos por contrataciones públicas, los arbitrajes comerciales representan también una parte significativa del tipo de arbitrajes que administra.
Frente a ello, el presidente del Consejo Superior de Arbitraje del Centro señaló que este mecanismo es el óptimo para la resolución de conflictos en la dinámica económica del país. “El crecimiento comercial y la globalización de los mercados son motivos para el desarrollo de alternativas de solución de conflictos como el arbitraje, pues brinda beneficios como la neutralidad, la flexibilidad, el reconocimiento internacional y la especialización”, afirmó.
IMPORTANCIA DEL ARBITRAJE EN LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
El ejercicio del arbitraje en el Perú ha logrado un crecimiento importante en los últimos años a raíz de que la Ley de Contrataciones del Estado establece la obligación de que el Estado y los contratistas, ante algún eventual conflicto, lleguen a una solución de sus controversias a través del arbitraje. Las disputas giran en torno al incumplimiento de pagos, aprobación de ampliaciones de plazo, determinación de valorizaciones, resolución y/o nulidad del contrato, entre otros.
“El arbitraje como medio de solución de controversias en los contratos con entidades del Estado presenta numerosas ventajas. Podemos mencionar, entre ellas, la posibilidad de designar árbitros especializados en la materia de la controversia, la oportunidad de que las partes adapten las reglas del proceso de acuerdo con sus preferencias, y la celeridad con que es posible resolver las causas”, finalizó Bustamante Belaunde.
[1] Los plazos han sido computados desde la constitución del tribunal arbitral. Para este cálculo no han sido considerados los arbitrajes acelerados, cuya duración estimada es de 3 meses desde la constitución del tribunal arbitral.


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