Un total de 73 mil 656 personas en todo el país fueron procesadas bajo la modalidad de flagrancia en solo año y medio de aplicación del Decreto Legislativo N° 1194 (norma que regula un proceso inmediato), que entró en vigencia el 29 de noviembre de 2015.
Así lo reveló el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal (Eti-Penal), que preside el juez supremo José Luis Lecaros Cornejo, en base a información estadística proporcionada por las 33 Cortes Superiores del país al Sistema Integrado Judicial (SIJ) del Poder Judicial.
Cabe señalar que el Decreto Legislativo N° 1194 o Ley de Flagrancia, busca agilizar los procesos contra las personas que fueron detenidas de manera infraganti.
Luego, en horas o días después de haber sido arrestadas, estas personas reciben una sentencia en primera instancia respetando las garantías del debido proceso.
El delito de mayor incidencia bajo esta modalidad es el de la omisión a la asistencia familiar, que procede contra padres que niegan una pensión de alimentos a sus hijos, con un total de 38 mil 624 (54.44%) procesados.
Por conducción en estado de ebriedad (peligro común) fueron procesados 17 mil 983 personas (24.42%), en tanto que por hurto y robo fueron procesados 6 mil 429 y 2 mil 967, respectivamente. Estos dos últimos en conjunto suman 9 mil 396 imputados (12.76%) del total.
Entre los casos más relevantes resueltos bajo esta normativa están los del exfiscal de San Juan de Lurigancho, Camilo Laura Pino, condenado en un día de proceso a seis años y ocho meses por pedir una coima a un taxista.
También el del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tarma que, en audiencia de tres horas condenó el pasado 5 de marzo a Raúl Orconi Anglas (19) a cinco años 10 meses de prisión.
Los juzgados de flagrancia implementados por el Poder Judicial en las 33 Cortes Superiores del país constituyen una respuesta eficaz frente a la delincuencia común.
Poder Judicial
Lima, 23 de abril de 2017
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