Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación 129-2007-MP-FN del 31 de enero del 2007, se aprobó el «Manual de Procedimientos de la Diligencia de Levantamiento de Cadáver».
A continuación, compartimos el «Manual de Procedimientos de la Diligencia de Levantamiento de Cadáver».
Resolución de la Fiscalía de la Nación
129-2007-MP-FN
Lima, 31 de enero del 2007
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que mediante los Oficios N° 015 y 018-2007-MP- FN-IML/JN, de fecha 15 de enero de 2007, el Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal (IML), remite los Proyectos de Manual de Procedimientos de la Diligencia de Levantamiento del Cadáver, y de Manual de Procedimientos Tanatológicos Forenses y Servicios Complementarios, a fin de que sean aprobados.
Que mediante los proyectos mencionados, respectivamente, se busca establecer y uniformizar las pautas de realización de la Diligencia de Levantamiento de Cadáver, con la finalidad de garantizar el óptimo trabajo del Médico Legista y del Equipo de Profesionales Forenses que intervienen en la escena del crimen, lo cual favorecerá en la resolución de un caso en sede Fiscal, así como establecer normas, responsabilidades y racionalización de los procedimientos y formatos que se utilizan en los diversos trámites de ingreso, conservación, donación y entrega de cadáveres y restos humanos en los servicios tanatológicos forenses; asimismo, ambos proyectos permitirán uniformizar, optimizar y agilizar los procedimientos mencionados, además del desarrollo del Sistema de Información Computerizado del Instituto de Medicina Legal.
Que la Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público, tiene la función de implementar políticas que permitan que la investigación del crimen se realice desde una perspectiva forense, de forma moderna, eficiente y oportuna.
De conformidad a lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Manual de Procedimientos de la Diligencia de Levantamiento de Cadáver, y el Manual de Procedimientos Tanatológicos Forenses y Servicios Complementarios, los cuales forman parte de la presente Resolución.
ARIÍCULO SEGUNDO.- Publíquese los documentos precitados en la pagina Web del Ministerio Público: www.mpfn.gob.pe.
ARTÍCULO TERCERO.– Disponer que la Jefatura Nacional y la Gerencia de Operaciones del Instituto de Medicina Legal se encarguen de la difusión, implementación y ejecución de los manuales precitados.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer que la Oficina de Garantía de Calidad y la Oficina de Administración del Instituto de Medicina Legal, brinden el apoyo necesario en la implementación de los documentos precitados.
ARTÍCULO QUINTO.- Hacer de conocimiento la presente a los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, Gerencia General y Gerencia de Planificación, Racionalización y Estadística, para los fines pertinentes.
[Continúa…]



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