En esta ocasión tenemos el gusto de compartir el Manual de normas y procedimientos para la intervención e investigación de accidentes de tránsito, ed. 2020. No se olviden de compartir la información. Les dejamos el índice para que vean el contenido del documento.
INTRODUCCIÓN
La División de Prevención e Investigación de Accidentes de Tránsito es la unidad orgánica de carácter técnico, sistémico, normativo, operativo y especializado; responsable de prevenir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica del fiscal, los accidentes de tránsito con consecuencia fatal en Lima Metropolitana y a nivel nacional interviene mediante las UPIAT de las diferentes Regiones policiales, a quienes brinda apoyo siempre que los accidentes de tránsito revistan connotación por la complejidad de los hechos o lo soliciten las autoridades competentes, con autorización expresa del Director Nacional de Orden y Seguridad.
Desde la entrada en vigencia de la RD. N°1021-2013- DIRGENEMG del 19NOV2013. “MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA INTERVENCION EN INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE TRANSITO” del 13NOV2013, el ordenamiento jurídico y diversas leyes de la materia ha sufrido cambios importantes, así como la misma reglamentación de la Ley de la PNP, por lo que se hizo necesario que dicho manual sea actualizado de conformidad a las leyes actuales y teniendo en cuenta la inminente puesta en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal en Lima y a nivel nacional. Asimismo en el documento antes mencionado no se tenía en cuenta la función de prevención de accidentes de tránsito; es por ello que esta división especializada, conformó un equipo de trabajo, integrado por personal especializado y de amplia experiencia, con la finalidad de que el personal de las UIATs y UPIAT dedicado a la prevención e investigación de accidentes de tránsito con consecuencia fatal y las Comisarias PNP (SIATs) con competencia en lesiones y daños materiales, tengan una herramienta guía del como actuar en dichos eventos, proveyéndoles la información necesaria para la intervención, procedimientos, documentación, etc., para intervenir en dicha especialidad funcional, con la finalidad de lograr la equidad de criterio en todas las unidades y sub unidades especializadas de la PNP en todo el territorio nacional.
En tal sentido con la RESOLUCION DE LA COMANDANCIA GENERAL N°044-2021.CG.PNP/EMG de fecha 09MAR2021, ha sido aprobado el “MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LAS INTERVENCIONES DE PREVENCION E INVESTIGACION DE MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LAS INTERVENCIÓNES DE PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO” el mismo que a la brevedad deberá de ser de conocimiento de las UIAT, UPIATs y SIATs de las Comisarías a nivel nacional para su aplicación en el servicio policial.
OLGER BENAVIDES PONCE DE LEON
CORONEL PNP
JEFE DE LA DIVISION DE PREVENCION E INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE TRANSITO
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
- Finalidad
- Contenido
- Alcance
- Base Legal
- Definición de términos
CAPÍTULO II
PRINCIPIOS DOCTRINARIOS
- Principios reguladores de la circulación
- Principio de Confianza
- Principio de Seguridad
- Principio de Integridad Personal
- Principio de Señalización
- Elementos del tránsito
- El hombre
- La vía
- El vehículo
- El medio ambiente
- Clasificación de los accidentes de tránsito
- Accidentes de Tránsito Simples
- Accidentes de Tránsito Múltiples
- Accidentes de Tránsito Mixtos
- Accidentes de Tránsito en Cadena
- Las fases del accidente de tránsito
- Fase de percepción
- Fase de decisión
- Fase de conflicto
CAPÍTULO III
PROCEDIMIENTOS POLICIALES EN LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO
- Concepto
- Conocimiento del hecho
- Procedimientos
- En accidentes de tránsito con daños materiales
- En accidentes de tránsito con lesiones personales y/o muerte
- Casos especiales
CAPÍTULO IV
ACCIÓN POLICIAL PARA LA DENUNCIA DE LOS ACCIDENTES DE TRANSITO A LA AUTORIDAD COMPETENTE
- Competencia policial en la investigación
- Documentos de trámite
- Remisión de documentos
- En casos de accidentes con daños materiales
- En casos de accidentes con lesiones personales o muerte
- En casos de accidentes con participación de menores
CAPÍTULO V
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN PARA LAS UNIDADES ESPECIALIZADAS EN LA INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
- Normas Administrativas
- Organización
- Recursos humanos
- Logística
- Normas técnicas
- Traslado al lugar del accidente
- En el lugar del accidente
- Después de abandonar el lugar del accidente
- Actividades conexas
- Elementos de apoyo
- El Informe Técnico
- Su importancia como documento de investigación técnica
- Su Estructura
CAPÍTULO VI
ESTADÍSTICA DE ACCIDENTES
- Generalidades
- Cuadros de Resumen Mensual
ANEXOS
- Parte de Ocurrencia
- Hoja cromática y entrevista
- Formato de Informe Técnico
- Formato de Informe Policial en aplicación al NCPP
- Formato de Atestado Policial
- Diagrama de colisión
- Simbología
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque la declaración de la víctima en cámara Gesell no se haya tramitado como prueba anticipada, puede ser valorada por el juzgador, pues intervinieron el fiscal, el perito psicólogo, la defensa y la madre de la menor [Casación 621-2022, Madre de Dios, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sutran: directiva que regula el procedimiento para acogerse al programa de regularización de sanciones [Resolución de Superintendencia D0000058-2025-Sutran-SP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/condenan-trabajador-sutran-100-yape-multa-LPDERECHO-218x150.jpg)
![PJ implementa el sistema informativo de garantías mobiliarias [RA 000390-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Contienda de competencia: Corresponde al juzgado del lugar donde se encuentra recluido el sentenciado conceder los beneficios penitenciarios [Consulta Diversa 2-2005, Lambayeque f. j. 4.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)


![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-100x70.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-100x70.jpg)


![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-100x70.jpg)