Pedro Chávarry sobre suspensión del cargo: «la JNJ me ha suspendido injusta y arbitrariamente»

[Actualizado 28.7.2020]

El fiscal supremo Pedro Chávarry mediante un comunicado informó que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) lo suspendió de forma injusta y arbitraria. A continuación compartimos el comunicado que publico en sus redes sociales.

«La JNJ me ha suspendido injusta y arbitrariamente en mi función como Fiscal Supremo.Sin embargo,en el discurso de hoy, el Presidente se atribuye como suya dicha suspensión,lo que demuestra que ha interferido ilegalmente en otra institución autónoma del Estado.Más claro imposible.

Yo siempre actué dentro del marco de la ley y buscando salvaguardar los intereses del Perú. Jamás hubiese permitido el pago de 524 millones a Odebrecht ni haberlo exonerado del pago de la deuda de más de 1,000 millones a Sunat».

[Nota original 22.7.2020]

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) suspendió en sus funciones por seis meses al fiscal supremo Pedro Chávarry Vallejos, en el marco del proceso disciplinario que se le sigue por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto, la sustracción de documentos de las oficinas lacradas del Ministerio Público y otros.

Con esta medida, Chávarry Vallejos, quien se desempeñó como fiscal de la Nación entre los años 2018 y 2019, no podrá ejercer sus funciones y quedará fuera de la Junta de Junta de Fiscales Supremos, máximo órgano administrativo del Ministerio Público.

Hay que recordar que el pasado 14 de julio, Chávarry Vallejos se presentó ante el pleno de la JNJ para presentar sus descargos frente a la propuesta de suspensión planteada por el vocal instructor que lleva adelante el proceso disciplinario en su contra.

«Se resuelve aplicar la medida cautelar de suspensión provisional a don Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos, en el cargo de fiscal supremo por el plazo de seis meses contados a partir de la notificación de la presente resolución, en atención a la consideraciones formuladas, quedando así impedido de ejercer durante ese periodo las atribuciones propias del cargo de fiscal supremo establecidas en la Ley Orgánica del Ministerio Público y cualquier otra inherente a dicho cargo», indica el documento.

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