Queridos seguidores, tenemos el gusto de informarles que Palestra, el sello de los buenos libros de Derecho, acaba de lanzar al mercado el libro Las pretensiones en el contencioso administrativo del maestro procesalista Juan Monroy Gálvez.
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En palabras del autor, “las severas limitaciones que se advierten en la difusión científica del contencioso administrativo se originan […] en el hecho de que los procesalistas y los administrativistas se han venido ‘soplando la pluma’ sobre el contenido esencial de este”.
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Así, el propósito de la obra es superar la limitación que pervive en los estudios actuales sobre la materia, con el fin de brindar una nueva perspectiva. Para ello, la principal virtud de la obra es que hace un análisis cuidadoso (e histórico) de las instituciones involucradas, que terminarán por develar al lector una perspectiva nueva, y bien cimentada, sobre el contencioso administrativo peruano.
Datos del libro
Autor: Juan Monroy Gálvez (Perú)
Formato: 14.5 X 20.5 cm.
Tapa: rústica
Páginas: 360
ISBN: 9786123253219
Año: 2023
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![Sujeto que afirma tener la condición de fiscal mostrando un carnet no incurre en un delito de falsedad genérica ni en el de ostentación de distintivos de función pública, pues la resolución administrativa que lo nombra generó ipso iure dicha condición, sin que la juramentación posterior altere lo que ya había adquirido formalmente (acto jurídico constitutivo) [Exp. 06342-2023-4, ff. jj. 18-20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-BALANZA-DOCUMENTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque las declaraciones previas conservan su valor probatorio, si el contenido no contribuye a esclarecer los hechos, juez debe agotar los mecanismos disponibles —como la notificación al domicilio Reniec y otros que haya proporcionado y, de ser necesario, la conducción compulsiva— para que los testigos comparezcan y aclaren la información brindada [RN 1260-2023, Puno ff. jj. 7.8, 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Absuelven de violación sexual a sujeto acusado de introducir su dedo en el ano de la agraviada, cuando ejercía su oficio de curandero (conducta neutral), al intentar sanar un hueso de la columna que se le había movido según el resultado de la «limpia con cuy» practicado momentos antes [Exp. 49-2020-35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CURANDERO-PASANDO-CUY-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

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