Legis.pe nació un 10 de diciembre de 2015 ante la ausencia de un medio digital que mantuviera actualizados a jueces, abogados, fiscales, profesores y estudiantes de derecho, en torno a los diversos hechos de relevancia jurídica.
Así las cosas, luego de más de un año de arduo trabajo nos hemos convertido en el portal jurídico más visitado a nivel nacional, con un millón de vistas al mes, y en uno de los principales sitios de consulta jurídica desde el extranjero (México, España, Colombia, Argentina, EEUU, Brasil, etc.).
Si bien parte del éxito de nuestra plataforma jurídica se explica por el infatigable empeño de publicar información constantemente, dejando de lado fines de semana o feriados, lo cierto también es que nada sería posible sin nuestros miles de seguidores a nivel nacional e internacional, que son los verdaderos responsables de que esta comunidad haya crecido tanto.
En ese crecimiento debemos contar el importante paso que dio nuestra plataforma virtual al celebrar, el 28 de agosto de 2017, un convenio marco con el Colegio de Abogados de Lima, representado por su actual decano, el doctor Pedro Miguel Angulo Arana, conforme al cual ambas instituciones decidieron marcar una agenda conjunta y ambiciosa en beneficio de los más de 60 000 de abogados del gremio.

Así, uno de los compromisos adquiridos por Legis.pe fue poner al servicio de los agremiados del CAL un Boletín Semanal especialmente para ellos, que reúna toda la información que estos necesitan para estar actualizados con el acontecer jurídico. Así, este Boletín reúne las últimas decisiones jurisdiccionales, artículos y ensayos de nuestros colaboradores (jueces, fiscales, abogados y profesores de derecho de distintas partes del país), noticias de relevancia jurídica, libros y revistas facilmente descargables en formato PDF, etc.

Pues bien, desde hace una semana, ese compromiso se ha concretado exitosamente. Nuestro primer Boletín ya aparece en la página principal de la página web del CAL, al que podrán acceder fácilmente haciendo click en la imagen del logo de Legis.pe. Cabe también apuntar que el CAL notificará semanalmente la aparición de nuestros boletines a los correos de los agremiados.
Visite la página web del CAL y vea el primer Boletín haciendo click sobre el logo de Legis.pe

También pueden descargar el boletín desde aquí.

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![La concesión o denegación de un recurso impugnatorio debe manifestarse en un auto fundamentado y no por un decreto, pues este no constituye la forma procesal válida para dar respuesta a dicho recurso [Queja NCPP 909-2023, Lima, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-DINERO-SOBORNO-ABOGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Condena por lesiones culposas debido a que, al abrir la puerta del vehículo, impactó a ciclista [Exp. 5058-2021-35] Multas a ciclistas - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/05/Multas-a-ciclistas-LPDerecho-218x150.png)
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