La jueza Esthela Alva Pantaleón de Yáñez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Piura, absolvió al agente policial Elvis Joel Miranda Rojas de la acusación fiscal por el delito de homicidio culposo por inobservancia de la profesión en agravio de J.R.C. Asimismo, se fijó el pago de una reparación civil de 20 mil soles conforme al artículo 12 inciso 3 del Código Procesal Penal.
Los hechos ocurrieron en el año 2019, cuando el agente policial y su compañero se encontraban en un vehículo oficial en un sector de Castilla, Elvis Joel Miranda Rojas disparó al ahora occiso durante una persecución, quien había sido acusado de haber sustraído una billetera a un transeúnte con los agravantes de pluralidad (tres personas) y con vehículo automotor.
La decisión se basa en que durante el juicio oral no se logró acreditar la tesis fiscal, pues existieron deficiencias como la ausencia de testigos de cargo que acrediten la comisión del delito, además no se llevó a cabo el correcto resguardo de la escena del crimen, lo que genera riesgo de que la escena haya sido contaminada.
No obstante, el otro agente policial que participó de la intervención afirmó que durante la intervención se escuchó un disparo proveniente de la mototaxi donde se trasladaba el ahora occiso, también que al descender del vehículo menor uno de los sujetos portaba un objeto similar a un arma de fuego.
Además se tiene que el accionar del acusado está justificado de acuerdo a la normatividad policial, pues el uso de la fuerza constituye una herramienta para el cumplimiento de sus funciones, no quedando duda que actuó ante el hecho de un delito, siendo una intervención en flagrancia.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
EXPEDIENTE: XXX
JUEZ: ALVA PANTALEÓN, ESTHELA VANESSA ESPECIALISTA: BOHORQUEZ ZELADA, KARL ALEX ACUSADO: MIRANDA ROJAS, ELVIS JOEL
DELITO: HOMICIDIO CULPOSO
AGRAVIADO: RAMIREZ CHOCAN, JUAN CARLOS REPRESENTANTE: CHOCAN LOPEZ, MARIA EFIGENIA
SENTENCIA ABSOLUTORIA CON PAGO DE REPARACIÓN CIVIL
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIOCHO (28)
Piura, 09 de mayo de 2025.-
I. VISTOS Y OÍDOS; en audiencia oral y pública, la causa seguida en contra del acusado ELVIS JOEL MIRANDA ROJAS, había incurrido en la presunta comisión del delito Contra la Vida, El Cuerpo y La Salud en la figura de HOMICIDIO CULPOSO, previsto en el segundo párrafo del artículo 111°, en agravio de JUAN CARLOS RAMIREZ CHOCAN representado por MARIA EFIGENIA CHOCAN LOPEZ; y, considerando.
II. PARTE EXPOSITIVA:
– LOS SUJETOS PROCESALES:
2.1. REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: DRA. MARIA ANGELICA LAZO ALBURQUEQUE. Fiscal Adjunta Penal del Segundo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla, con domicilio procesal en Esquina Av. Tacna con Calle San Martín – Castilla – Piura (Ref. al costado de la Botica Felicidad) y casilla electrónica N°105996.
2.2. ABOGADO DEL ACUSADO: DR. SERGIO DIEGO HUAMAN VARGAS, identificado con Registro de Colegio de Abogados de Lima N° XXX, casilla Electrónica XXX, número de celular XXX .
2.3. DEFENSA INTERCONSULTA: DR. MAXIMO RAMIREZ DE LA CRUZ, identificado con Registro de Colegio de Abogados de Lima N° XXX.
2.4. DEFENSA INTERCONSULTA: DRA. MARITZA MIRIAM JIMENEZ SERRANO. identificada con Registro de Colegio de Abogados de Piura N° XXX, casilla electrónica N° XXX.
2.5. ABOGADO DEFENSOR DEL AGRAVIADO: DR. CAMILO SEGUNDO GUERRERO CASTILLO, con registro del Colegio de Abogados de Piura N° XXX, Casilla electrónica N° XXX, número de celular XXX. En defensa de María Efigenia Chocan López.
2.6. ACUSADO: ELVIS JOEL MIRANDA ROJAS, peruano, de sexo masculino, identificado con DNI N° XXX, fecha de nacimiento 10 de febrero de 1994, con 31 años de edad, natural de Castilla – Piura, padres José Ronald y Lucy, grado de instrucción secundaria completa, de estado civil soltero, laborando en la XXX, desempeñando cargo en XXX, percibe un sueldo de XXX, tiene una hija, no tiene cicatrices, un tatuaje en el brazo izquierdo en forma de una rosa, no tiene antecedentes penales, domiciliado real XXX Lima, número celular XXXX.
2.7 PRESUNTO AGRAVIADO: JUAN CARLOS RAMIREZ CHOCAN representado por su madre MARIA EFIGENIA CHOCAN LOPEZ
III. IMPUTACIÓN Y PRETENSIÓN DE FISCALÍA
a. Hechos y circunstancias expuestas por la Fiscalía: Precedentes, concomitantes y posteriores:
CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES
Respecto al hecho previo
El día 13 de enero de 2019 a horas 13:10 aproximadamente en circunstancias que la persona de Danfer Jesus Cutin Santos se encontraba esperando servicio de movilidad pública en el paradero de la avenida principal que cruza el Centro Recreacional Atlantis, de pronto hizo su aparición una mototaxi color amarillo en la parte de arriba con color negro en la parte de abajo portando un diseño de un conejo de logotipo en las partes laterales del vehículo trimóvil el cual era conducido por la persona de Renzo Aron Escobar Cano llevando como pasajeros a la persona de Juan Carlos Ramirez Chocan y a Junior Miguel Garcia Garcia (alias “24”), dicho vehículo se estacionó cerca de Cutin Santos y descendieron los pasajeros, mientras que el chofer esperaba en el trimóvil; optando Ramirez Chocan por cogotear a Cutin Santos mientras que la persona de Garcia Garcia revisaba los bolsillos de la víctima logrando sustraerle su billetera que contenía S/.350 y sus documentos personales como DNI; siendo auxiliado Cutin Santos por su amigo William quien logró agarrar por la espalda a Ramirez Chocan, optando éste y su acompañante por subirse dichos sujetos al vehículo trimóvil para darse a la fuga con dirección a la salida del A.H. Villa Chulucanas.
Respecto a la noticia críminis inicial y persecución policial
En dicho día los efectivos policiales Carlos Carhuayo Cruz (conductor de unidad móvil) y Elvis Joel Miranda Rojas (operador) se encontraban de servicio, siendo asignados a la unidad móvil de placa de rodaje EPC-509 y tras estar en estacionamiento táctico frente a la Universidad Alas Peruanas, debido a que su móvil había recalentado motor y por ese motivo debían tener el capot delantero del vehículo levantado y es en esos instantes que se les acerca una persona de sexo masculino conduciendo una moto lineal quien les da la alerta que en el callejón que está entre la Universidad San Pedro y la Universidad Alas Peruanas, iba a salir una moto taxi color amarilla con negra, la cual acaba de asaltar a un transeúnte; luego de ello dicho individuo se retiró del lugar notando los efectivos policiales que salió del referido callejón una trimóvil con esas características, notando que el conductor de dicho vehículo al observar la presencia policial dio inmediatamente la vuelta en U para regresar al mismo callejón raudamente. Ante eso, el efectivo policial Miranda Rojas –que se encontraba fuera de la móvil- procedió a bajar el capot de la unidad policial y sube de forma rápida a la móvil, procediendo Carhuayo Cruz a dar arranque al vehículo e ingresar hacia el callejón.
CIRCUNSTANCIAS CONCOMITANTES
De los disparos en persecución policial
Que, en esas circunstancias se inició la persecución policial detrás de la mototaxi procediendo los efectivos policiales a efectuar el encendido de la circulina, optando Miranda Rojas por emplear el megáfono diciendo “Alto policía, vehículo estaciónese”, sin embargo el conductor del vehículo trimóvil continuó su marcha intentando huir, ante ello Carhuayo Cruz procedió a desenfundar su arma de fuego tipo pistola, marca Sig Sauer con serie 24B324438, y realizó un disparo disuasivo al aire, pese a ello el trimóvil continuó su marcha, por lo que, Miranda Rojas procede a desenfundar su arma de fuego y realiza un disparo disuasivo al aire; persistiendo la trimóvil en su marcha de huida hasta una intersección en esquina, en donde dicho vehículo sobre para y del vehículo trimóvil desciende un sujeto (Juan Carlos Ramírez Chocan) quien corre hacia el vehículo policial con la finalidad de entrar a un callejón hacia el lado izquierdo, que se encontraba en la parte posterior de la móvil policial, es ahí donde Miranda Rojas desciende de la móvil policial y persigue a Ramírez Chocan, mientras tanto Carhuayo desciende del vehículo y se dirige hacia el vehículo trimóvil interviniendo al conductor que fue identificado como Escobar Cano.
[Continúa…]