Juan Ortiz Benítez es un abogado penalista muy reconocido en la comunidad jurídica por dirigir Inocentes Perú, una asociación que solo defiende a personas encarceladas de manera injusta. Pero hay una faceta que muy pocos conocen de Ortiz Benitez: no solo es abogado, también es reservista de la Marina de Guerra del Perú y estaría dispuesto a entregar su vida por defender al Perú ante una eventual guerra.
Ortiz Benítez, miembro de la promoción de 1994 de la Infantería de Marina, recuerda con orgullo su servicio en la institución y enfatiza la importancia de honrar a quienes han servido al Perú:
Debemos respetar la memoria de los héroes.
Juan Ortiz: «Si hay un conflicto, con gusto estaré allí»
Actualmente, sigue vinculado a la Marina de Guerra del Perú como parte de la reserva y está dispuesto a responder al llamado si fuese necesario. En una entrevista ofrecida a LP Pasión por el Derecho, enfatiza su compromiso:
En su opinión, el respeto hacia los símbolos patrios y la memoria de los héroes es un valor fundamental que la formación militar refuerza. Como reservista de la Marina, el abogado Juan Ortiz enfatizó que para los militares, el concepto de honor, lealtad y respeto por los símbolos patrios es mucho más que un deber; es una obligación que se integra a su formación:
Para nosotros, los militares, el respeto por los símbolos patrios y la memoria de los héroes es esencial. Nos preparan para la guerra, pero también para entender la importancia de defender estos valores. Es como el abogado que, al conocer las normas, no puede infringirlas.
Hasta 4 años de cárcel por ofender héroes nacionales
Es importante recordar que el artículo 344 del Código Penal sanciona con hasta cuatro años de prisión y multa a quienes ofendan, ultrajen o menosprecien públicamente a los símbolos patrios, héroes y figuras históricas reconocidas por ley:
Artículo 344.- Ofensa, ultraje, vilipendio o menosprecio
El que, públicamente o por cualquier medio de difusión, ofende, ultraja, vilipendia o menosprecia, por obra o por expresión verbal a los símbolos de la Patria, símbolos del Estado, emblemas nacionales, precursores, próceres, héroes, libertadores y mártires, establecidos o reconocidos por ley, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años y con sesenta a ciento ochenta días-multa (…)
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En este sentido, El abogado Juan Ortiz considera que cualquier acto que ultraje o menosprecie la memoria de estos personajes podría tener consecuencias legales:
Si alguien ofende la memoria de estos héroes, está infringiendo la ley. No solo se debe respetar la memoria de los héroes reconocidos por ley, sino también la de aquellos que, aunque anónimos, contribuyeron de manera significativa a nuestra historia.