La Junta Nacional de Justicia (JNJ) comenzó a evaluar los casos pendientes que dejó el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), y se pronunció por unanimidad sobre dos procesos conocidos desde el 2017. El primero de ellos, fue el del exfiscal de la Nación, Carlos Ramos Heredia.
Todos los integrantes de la JNJ respaldaron la posición de que cometió falta grave por no haber evaluado las deficiencias en la decisión de la fiscal María Camila Torres, quien en el año 2012 habría favorecido a integrantes de una organización criminal investigada por lavado de activos proveniente del narcotráfico.
De esta manera desestimaron, el colegiado decidió declarar infundada la alegación de caducidad del procedimiento administrativo, presentado por el exfiscal.
En la Resolución 001-2020-Pleno-JNJ, del 5 de febrero de 2020, se concluye que:
38. Bajo este marco conceptual, habiendo compulsado las pruebas que obran en el expediente sujeto a análisis, se aprecia que la actuación del ex Fiscal Supremo Carlos Américo Ramos Heredia en el Caso 207-2012-Lima, seguido contra la Fiscal Adjunta Superior de la Segunda Fiscalía Superior Especializada en Criminalidad Organizada María Camila Maguiña Torres y otros, por presuntas inconductas funcionales en el trámite del proceso penal signado como Expediente 100-2010, contra Santos Orlando Sánchez Paredes y otros, por el delito de Lavado de Activos provenientes del Narcotráfico, constituye una muy grave transgresión a los deberes funcionales por no haber respetado el debido proceso, puesto que en su pronunciamiento infringió el deber de motivación, conforme a lo desarrollado entre los considerandos 19 y 35 de la presente resolución, afectando con ello gravemente el ejercicio de la función fiscal;
Cabe recordar que Carlos Ramos Heredia fue fiscal de la Nación hasta que fue destituido por el CNM en el 2015 por su relación con los casos Sánchez Paredes, Rodolfo Orellana, y otros.
Esta segunda destitución contra el exfiscal supremo deberá quedar inscrita en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido y se emitirá una cancelación del título de fiscal correspondiente.




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