La Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad formalizó investigación preparatoria contra Cristian Iván Matos Espinoza, un conductor de transporte público que se habría negado a cobrarle medio pasaje a un estudiante, por el presunto delito de discriminación agravada.
El 12 de abril de 2024, el conductor se habría negado a reconocer el derecho del agraviado a pagar solo el 50% del pasaje regular, tal como lo establece la Ley Universitaria 30220 y la Ley 26271.
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El Estudio Arbizu & Gamarra, encargado de la defensa legal del denunciante, indicó que el proceso podría marcar un «precedente histórico», enfatizando que no es solo un caso legal, sino una causa social que busca garantizar el respeto a los derechos de los jóvenes y el acceso a la educación:
Si logramos que un conductor sea sancionado con prisión por negarle el medio pasaje a un estudiante, entonces nadie más se atreverá a ignorar la ley. Y eso es lo que necesitamos: que conductores, cobradores y empresas de transporte entiendan que los derechos estudiantiles no son opcionales.
De acuerdo al estudio, el marco normativo aplicable incluye el artículo 323 del Código Penal, que sanciona con hasta cuatro años de pena privativa de libertad los actos de discriminación agravada.
Este caso, de acuerdo al criterio de la defensa, es un acto que no solo viola las leyes específicas sobre el medio pasaje, sino también principios constitucionales como la igualdad y la no discriminación.
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