Sumario: 1. Introducción, 2. ¿Análisis económico de las instituciones? La crítica al mercado y su influencia en la promoción de las industrias extractivas y los derechos de los pueblos indígenas, 3. El costo del petróleo: la historia de la industria, el derecho a la consulta previa y el lote 192, 3.1. El origen de la tragedia: imposición legal, explotación y contaminación en territorios indígenas, 3.2. La consolidación de la tragedia: la reconfiguración de la consulta previa, décadas de contaminación y nuevas inversiones petroleras, 4. La DDDH y el derecho a la consulta previa: un posible remedio institucional a los impactos ambientales del lote 192, 4.1. Algunas cuestiones previas en torno a los Principios Rectores, 4.2. Análisis comparativo del marco sobre empresas y derechos humanos: en búsqueda de la DDDH, 4.3. Las condiciones mínimas de la DDDH: bases para armonizar el derecho a la consulta previa del lote 192 y el enfoque en materia de empresas y derechos humanos, 5. Conclusiones.
Resumen: La investigación estudia la debida diligencia en materia de derechos humanos (DDDH) elaborada por los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos y el caso del lote 192, el derecho a la consulta previa y la historia de los impactos ambientales generados. Para ello propone un marco teórico a partir de la Nueva Economía Institucional (NEI) y las interacciones institucionales de los marcos legales para el desarrollo extractivo y los derechos de los pueblos indígenas. Asimismo, de las distintas concepciones del enfoque sobre empresas y derechos humanos que hacen las prácticas empresariales transnacionales y los estándares interamericanos de derechos humanos. De esta manera, se identifican determinados factores para compatibilizar la DDDH y el derecho a la consulta previa del lote 192. Al final se ofrecen algunas conclusiones y líneas de futuras investigaciones al respecto.
Palabras clave: debida diligencia en materia de derechos humanos; consulta previa; instituciones; industria petrolera; enfoque sobre empresas y derechos humanos.
Compartimos un fragmento del texto que explica, de manera ágil y sencilla, las ideas más importantes de los marcos legales que promueven la inversión petrolera y la protección de los derechos de los pueblos indígenas.
1. Introducción
Las industrias extractivas tienen un gran papel en el crecimiento económico del país (Bebbington et al., 2019b). El precio de los commodities y la creciente demanda china explicarían tal fenómeno (Damonte et al., 2021; Zambrano, 2017, pp. 271-272). Sin embargo, el modelo ha sido criticado por los constantes impactos generados en los territorios de los pueblos indígenas. De esta manera, ¿puede la explotación de los recursos naturales llevarse a cabo sin afectar sus territorios? Un análisis parcial sugiere que la actividad de las empresas transnacionales (ETN) es una variable indispensable para comprender dicha relación a partir de los marcos legales e institucionales que promueven las industrias extractivas (Arce, 2015; Bebbington et al., 2019a; Merino, 2021), cuestión que será un objetivo de la presente investigación.
Antes de continuar, es necesario realizar alguna precisión acerca de las instituciones. Son importantes porque guían la conducta de los individuos, además del cambio de sus propias estructuras. Estas características se reflejan, por ejemplo, en la interacción institucional entre los pueblos indígenas y los marcos políticos y legales que buscan promover las industrias extractivas desde finales de siglo XX (Arce, 2015; Durand, 2019, pp. 26-28) ¿A qué nos referimos con esto? La lógica de mercado ha determinado la política económica y legal en contra de los arreglos institucionales de dichos pueblos (Cortés, 2016, pp. 10-13; Durand, 2019).Bajo tal panorama, ¿Qué sucede al producirse impactos ambientales por actividades extractivas? ¿Qué herramientas tienen los pueblos indígenas para hacerles frente? Se han presentado muchas iniciativas a lo largo de los últimos años, una de ellas es el marco sobre empresas y derechos humanos conformado por normas de conducta, recomendaciones de organismos internacionales y/o estándares interamericanos (Groulx et al., 2019, pp. 318-340). Sin embargo, no han sido efectivas debido a la falta de obligatoriedad para las empresas y/o armonización en los ordenamientos jurídicos internos (Cortés, 2016; Esteve, 2011). Los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos (en adelante, Principios Rectores) (CDH, 2011) son el último gran esfuerzo que han contado con gran aceptación. En el Perú se han vuelto realidad a partir de la creación del Plan Nacional de Acción (PNA) sobre Empresas y Derechos Humanos 2021–2025.
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