Betssy Chávez inició una huelga de hambre seca, sin alimentos ni agua, para denunciar presuntos maltratos, hostigamiento y amenazas de muerte en el penal Santa Mónica.
El lunes fue trasladada de manera preventiva al hospital María Auxiliadora. Un informe médico del Inpe advirtió que su negativa a ingerir alimentos y líquidos ponía en riesgo su vida. En simultaneo, interpuso un recurso de agravio constitucional que el Tribunal Constitucional acaba de resolver: será excarcelada.
Si Betssy Chávez fallecía a causa de la huelga de hambre, ¿el Inpe pudo haber enfrentado responsabilidades penales? LP consultó a dos abogados especialistas.
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Felipe Salas Zegarra, abogado penalista
No habría responsabilidad penal, opinó el penalista Felipe Salas Zegarra. Explicó que la huelga de hambre es una decisión personal y la responsabilidad es solo de Betssy Chávez. El Inpe no puede obligarla a comer ni a beber agua, y por ello no podría responder penalmente si ella o cualquier otro interno fallece a consecuencia de una decisión personalísima.
No habría responsabilidad. La huelga de hambre configura una autopuesta en peligro de la víctima. Es decir, sería responsabilidad única de Betsy Chávez lo que suceda por la decisión de ponerse en esa situación, explicó el penalista.
Sin embargo, Salas Zegarra aclaró que el Inpe frente a casos similares debe disponer de evaluaciones médicas inmediatas o un eventual traslado a un hospital. No se trata de obligar a un interno a concluir su huelga de hambre seca, sino de garantizar que reciba la atención necesaria.
La institución encargada de su custodia no la puede obligar o coaccionar a comer o tomar agua. Sin embargo, teniendo la manifestación pública de esta huelga, se deben generar las garantías médicas necesarias para que su salud sea atendida inmediatamente si es que se llegara a complicar, precisó Felipe Salas Zegarra.
Aaron Aleman Yactayo, abogado penalista
No habría responsabilidad penal, sostuvo el penalista Arón Alemán Yactayo. Explicó que el Inpe debe advertir los riesgos de la huelga de hambre a cualquier interno, además de informar a la Fiscalía, disponer evaluaciones médicas y, de ser necesario, trasladarlo a un hospital o aplicarle hidratación. Si cumple con esas medidas, no hay delito aunque el interno muera. Esto, de acuerdo con su opinión, aplicaría para Betssy Chavez o cualquier otro interno.
Si hacen el seguimiento, convocan a la fiscalía, realizan los exámenes médicos y adoptan las medidas necesarias, no habría responsabilidad. Y si pese a eso Chávez muere, sería una autopuesta en peligro de la propia víctima, con lo cual no habría responsabilidad penal, explicó el penalista.
Sin embargo, Aaron Alemán advirtió que el Inpe tiene la obligación de trasladar al interno al hospital, incluso si se niega. De lo contrario, incurriría en responsabilidad penal por homicidio culposo, pues la cárcel restringe la libertad, pero no el derecho a la vida.
Si a pesar de que conocen que su vida está en riesgo no la trasladan ni le aplican hidratación, y ello conlleva su muerte, ahí sí estaríamos hablando de un homicidio culposo. La prisión solo priva de la libertad, pero no del derecho a la vida, que el Estado tiene la obligación de garantizar, afirmó Aaron Aleman Yactayo.

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