Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación 3963-2016-MP-FN, publicada el 8 de setiembre de 2016 en el diario oficial El Peruano, se aprobó cuatro guías elaboradas en mérito a lo dispuesto por la Ley 30364, «Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar», que son las siguientes:
a. «Guía de Valoración de Daño Psíquico en Personas Adultas Víctimas de Violencia Intencional».
b. «Guía del Procedimiento de Entrevista Única a Víctimas en el Marco de la Ley N° 30364 para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar; y, a Niños y Adolescentes Varones Víctimas de Violencia».
c. «Guía de Evaluación Psicológica Forense en caso de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y en otros casos de Violencia».
d. «Guía Médico Legal de Valoración Integral de Lesiones Corporales».
A continuación compartimos en formato PDF esta última, sin perjuicio de conseguir las otras.
El objetivo general de esta Guía es «estandarizar la metodología, terminología y procedimiento del examen médico legal, a efecto de elaborar informes periciales de valoración del daño corporal reflejados en la determinación de los días de asistencia o descanso médico legal acorde a las exigencias de las normas legales vigentes en el Perú».
Esta Guía es de conocimiento y aplicación obligatoria a todas las unidades orgánicas del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses «Leonidas Avendaño Ureta» y de conocimiento para otras instituciones que realicen peritajes médicos a solicitud de la autoridad competente.
Las recomendaciones sobre la evaluación clínica médico legal y los parámetros valorativos cuantitativos que se incluyen en la «Tabla Referencial de Valoración Médico Legal» son referenciales y pueden variar a «criterio médico» del evaluador.
GUÍA MÉDICO LEGAL DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LESIONES CORPORALES
1. OBJETIVOS
1.1. OBJETIVO GENERAL
Estandarizar la metodología, terminología y procedimiento del examen médico legal» a efecto de elaborar informes periciales de valoración del daño corporal reflejados en la determinación de los días de Asistencia o Descanso Médico Legal acorde a las exigencias de las normas legales vigentes en el Perú.
1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1.2.1 Estandarizar los parámetros médicos legales a nivel nacional para la valoración del daño físico.
1.2.2 Estandarizar las técnicas del examen médico legal por lesiones en todas las unidades orgánicas del Instituto de Medicina Legal a nivel nacional.
1.2.3 Uniformizar la terminología y los criterios de valoración médico legal para la adecuada elaboración de los documentos técnicos.
1.2.4 Orientar al profesional médico de otras instituciones de salud» en los procedimientos a seguir para la valoración médica cuantitativa en días de Asistencia o Descanso Médico Legal,
1.2.5 Garantizar una atención pericial de calidad a los peritados y al sistema de administración de- Justicia peruano,
2. BASE LEGAL
2.1 Ley N° 30364: Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.
2.2 Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP: Reglamento de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.
2.3 Código Penal: Decreto Legislativo N° 635.
2.4 Código de Procedimientos Penales: Ley Nú
2.5 Código Procesal Penal: Decreto Legislativo N° 638.
2.6 Código Procesal Penal: Decreto Legislativo N° 957.
2.7 Decreto Legislativo N° 1194 que regula el Proceso Inmediato en casos de Flagrancia.
[Continúa…]


![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-218x150.png)

![Defensa pública recién asignada en audiencia preliminar no puede observar la acusación en esa instancia, porque ello contraviene el principio de igualdad de armas y conlleva a desfavorecer recientemente en audiencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Pasco, 2016] Corte Superior de Justicia de Pasco](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-Pasco-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las convenciones probatorias no constituyen una «verdad-negocial» sobre los hechos del delito, pues estos no son objeto de acuerdo entre las partes; solo recaen sobre el contenido de los medios probatorios, cuya valoración debe corresponder a la realidad objetiva [Exp. 935-2007-0, f. j. 3] hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP-218x150.png)
![La cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no puede promoverse en la etapa intermedia, sino únicamente durante la investigación preparatoria, pues, aunque el artículo 350 permite la interposición de excepciones e incluso de la cuestión previa en dicha etapa, no contempla tal posibilidad respecto de aquella [Casación 79-2020, Puno, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/POST-antinomia-LPderecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

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![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Las convenciones probatorias deben proponerse y resolverse en la etapa intermedia; solo excepcionalmente pueden plantearse y decidirse en la etapa de juzgamiento, antes de la actuación probatoria [Pleno Jurisdiccional Penal Distrital de La Libertad, 2014] Corte Superior de Justicia de La Libertad](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-La-Libertad-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-324x160.jpg)



![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-100x70.png)

![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-100x70.jpg)