Generación Z: Gobierno dará apoyo económico a deudos de fallecidos y heridos de gravedad en movilizaciones del 15 de octubre

Publicado en el diario oficial El Peruano el 19 de octubre de 2025

Crean Grupo de Trabajo multisectorial de naturaleza temporal encargado de elaborar propuesta normativa que autorice apoyo económico excepcional para deudos de personas fallecidas y personas heridas de gravedad con secuelas en las movilizaciones ocurridas el 15 de octubre de 2025

Resolución Ministerial Nº 0370-2025-JUS

Lima, 17 de octubre de 2025

VISTOS, el Informe Nº 35 -2025-JUS/ CR de la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones; el Informe Nº 141-2025-JUS/OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización; el Memorando Nº 2452- 2025-JUS/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 1383-2025- JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el 15 de octubre de 2025 se llevaron a cabo movilizaciones en diferentes zonas del país, a razón de reclamos de un sector de la ciudadanía, que tuvieron como resultado el lamentable fallecimiento de una persona y otras con lesiones de gravedad;

Que, el Poder Ejecutivo ha asumido el compromiso de atender a las familias de las personas fallecidas y a las personas heridas de gravedad, por lo que resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo multisectorial de naturaleza temporal, a fin de elaborar unja propuesta normativa que autorice un apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas y para las personas heridas de gravedad con secuelas en las movilizaciones ocurridas el 15 de octubre de 2025;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos; pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende;

Que, de conformidad con el literal c), del artículo 7 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, son parte de sus funciones específicas promover el respeto de los derechos humanos en el marco de un Estado Constitucional de Derecho;

Que, el numeral 28.1 del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en adelante Lineamientos, establece que los grupos de trabajo se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas;

Que, el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos, establece que los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende;

Que, en consecuencia, resulta necesario conformar el Grupo de Trabajo multisectorial de naturaleza temporal, que tendrá a su cargo la elaboración de una propuesta normativa que autorice el apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas y para las personas heridas de gravedad con secuelas en las movilizaciones ocurridas el 15 de octubre de 2025;

Que, las entidades convocadas a integrar el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal han manifestado su conformidad previa; Con el visado del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, de la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación y Objeto del Grupo de Trabajo

Créase el Grupo de Trabajo multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargado de elaborar una propuesta normativa que autorice el apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas y para las personas heridas de gravedad con secuelas en las movilizaciones ocurridas el 15 de octubre de 2025.

Artículo 2.- Conformación

2.1 El Grupo de Trabajo está conformado por:

1.Un/a representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien la preside.

2.Un/a representante del Ministerio de Salud.

3.Un/a representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

2.2 El Grupo de Trabajo, mediante su Secretaría Técnica, podrá convocar a otras entidades, las que participan en calidad de invitadas a solicitud de la Secretaría Técnica.

2.3 Los integrantes del grupo de trabajo podrán contar con representantes alternos que deberán ser acreditaros siguiendo la misma formalidad que los titulares.

2.4 La participación de los integrantes e invitados del Grupo de Trabajo Multisectorial es ad honorem y su funcionamiento no irroga gastos al erario público.

Artículo 3.- Designación de representantes

Los representantes son acreditados mediante oficio de la Secretaría General del sector correspondiente, dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, al día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 4.- Función del Grupo de Trabajo Multisectorial

Es función del Grupo de Trabajo Multisectorial presentar una propuesta normativa que autorice un apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas y para las personas heridas de gravedad con secuelas en las movilizaciones ocurridas el 15 de octubre de 2025.

Artículo 5.- Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que asume las siguientes funciones: a) Consolidar los aportes institucionales que puedan formularse respecto al marco normativo aplicable a la propuesta normativa.

[Continúa…]

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