Flagrancia: juez puede flexibilizar el plazo para presentar pruebas en la segunda sesión de audiencia del proceso inmediato [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Lima Norte, 2016]

[Posición adoptada: Ante la posibilidad de flexibilizar el plazo para que el imputado presente en la segunda sesión de audiencia sus medios de prueba, corresponde que el Juez unipersonal o colegiado devuelva los actuados.]


ACTA DE SESION PLENARIA

[…]

TEMA IV

SOBRE EL DERECHO A LA PRUEBA Y CONTRADICCION DEL IMPUTADO EN EL PROCESO INMEDIATO

Dada la inmediatez de los plazos, del juzgamiento y la celeridad que persigue el decreto legislativo 1194 resulta indispensable, de necesidad y racional evaluar la flexibilidad en la presentación de los medios de prueba del imputado. Los defensores de elección o publico generalmente señalan al aperturarse el juzgamiento que recién han sido designados o contratados y no han definido la estrategia y el cuadro probatorio.

Problema 1

¿Es factible que el juez unipersonal o colegiado en observancia del derecho de la prueba y contradicción efectiva flexibilice los plazos para que el imputado pueda presentar en la segunda sesión de audiencia sus medios de prueba?

Primera posición:

No es posible.

Segunda posición:

Si se puede flexibilizar en salvaguarda y protección del derecho a la prueba y la contradicción y que debe tener un tiempo necesario para definir su estrategia probatoria.

37 magistrados señalaron que el juez sólo puede devolver los actuados.

[Continúa…]

Descargue la resolución aquí

Comentarios: