El Ministerio Público abrió investigación preliminar contra Leydi Chujitalli Cenepo, la mujer que habría matado un cachorro tras lanzarlo de un quinto piso, en San Martín de Porres. La mujer será investigada por el delito de crueldad contra un animal doméstico.
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La Ley de Protección y Bienestar Animal (Ley 30407), vigente desde enero del 2016, sanciona la crueldad con pena privativa de la libertad. Si la persona causa la muerte del animal, se le deberá imponer hasta 5 años de cárcel. Así lo establece el Código Penal.
Los vecinos de la calle Los Nísperos, en San Martín de Porres, fueron quienes denunciaron que Leydi Chujitalli Cenepo arrojó al animal solo porque este ingresó a su vivienda. Los testigos contaron que el cachorro había estado deambulando por la zona. Como el inmueble de Chujtalli tenía la puerta abierta, ingresó.
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Al ser increpada por su accionar, la mujer reconoció que había lanzado al cachorro, pero insistió en que no había tenido «intención de matarlo». «No era mi intención matarlo. Lo tiré. Eso es todo», declaró a la prensa. Luego, añadió, «de casualidad pasó y nunca más volveré a hacer esas cosas». Los vecinos fueron a denunciar a la mujer por maltrato animal ante la comisaría del sector.
A través de su cuenta en Twitter, el Ministerio Público informó que la fiscal Soraya Soplín Tello, del 2° despacho de la 1° Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, se encargará del caso.
Además, solicitará informes a la Policía Nacional del Perú sobre las razones por las que no se dio aviso oportuno a la Fiscalía de Turno respecto a la muerte del can.
La ley establece que quien actúe cruelmente contra un animal o lo abandone (esto implica no solo dejarlo en la vía pública sino también no atender sus necesidades básicas) será sancionado con hasta 3 años de cárcel. Además, se le podrá imponer un castigo administrativo de hasta 180 días-multa.

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