Fiscales de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Madre De Dios se pronuncian contra iniciativas orientadas a «facilitar» minería informal e ilegal.
MINISTERIO PÚBLICO
FISCALIA DE LA NACIÓN
DISTRITO FISCAL DE MADRE DE DIOS
FISCALÍA ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL DE MADRE DE DIOS
PRONUNCIAMIENTO DE LOS/LAS FISCALES ESPECIALIZADOS EN MATERIA AMBIENTAL DE MADRE DE DIOS FRENTE A INICIATIVAS ORIENTADAS A FACILITAR LA MINERÍA INFORMAL E ILEGAL.
Los y las Fiscales Especializados en Materia Ambiental de Madre de Dios (FCEMA-MDD) manifestamos a las autoridades del Poder Ejecutivo, Legislativo y sociedad civil en general lo siguiente:
ADVERTIMOS y manifestamos nuestra preocupación por la decisión del Congreso de la República de abrir nuevamente el REINFO, contemplado en los Proyectos de ley 2172, 2519 y 3621. «Se propone establecer nuevas condiciones para el acceso al Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) y un nuevo plazo de inscripción en este». Esta medida desnaturaliza su carácter excepcional y temporal, siendo perjudicial para la sostenibilidad del pais y beneficia a la minería ilegal, llevamos desde el año 2002, un proceso de formalización eterno, donde los operadores, asesores y representantes de los mineros informales, aducen lo «complejo del proceso» como una imposibilidad para lograr la formalización, cuando a la fecha hemos visto que existen mineros que han logrado resultados, o utilizan la excusa que esta vez sí será posible lograrlo, son los mismos argumentos de las anteriores ampliaciones, que desincentiva la formalización, y lleva a que tengamos en gran medida mineros ilegales amparados en la formalización.
Manifestamos nuestra profunda preocupación frente a la reciente aprobación del Congreso de la República, del Proyecto de Ley 2715-2022- Ley Que Modifica El Decreto Legislativo 1100, el cual regula la Interdicción de Mineria Ilegal en toda la República y establece medidas complementarias y la modificación de los numerales 7.1 y 7.2 del articulo 7. Frente a ello, instamos al Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Ministerio del Ambiente (MINAM), Ministerio de Defensa (MINDEF) y al Ministerio del Interior (MININTER), a observar el ejecutivo la propuesta legislativa, toda vez que debilita el mecanismo de interdicción al incluir un procedimiento más que puede dilatar y comprometer las investigaciones del delito.
Actualmente, quienes realizamos las acciones de interdicción no contamos con los recursos económicos y logísticos para la custodia y traslado de la maquinaria, entre otros instrumentos intervenidos en actos de mineria ilegal, ya que, estás se realizan en lugares con poco acceso y bastante alejados, por lo que, trasladar esta competencia a los Gobiernos Municipales (distritales y provinciales) y Gobiernos Regionales, que tampoco cuentan con dichos recursos para la disposición y traslado inmediato del lugar de los hechos, debilitará este mecanismo, frente a la lucha contra la minería ilegal. La propuesta atenta contra la autonomía del Ministerio Público y el carácter reservado de estas operaciones; puesto que todo operativo de interdicción tendría que ser previamente comunicado y coordinado con los Gobiernos Regionales y Municipales y de no darse estas condiciones logísticas tendrían que ser frustrados.
Advertimos con profunda preocupación estos hechos, pues a ellos se suma el peligro constante que enfrentamos como operadores de justicia frente a una actividad ilegal de gran envergadura. De lo expuesto, suscribimos el presente pronunciamiento los/las siguientes fiscales de materia ambiental de Madre de Dios:
Madre de Dios, 19 de junio de 2023
![Absolución a alcalde por no probarse capacidad de cumplimiento de obligacion laboral exigida [Exp. 651-2023-85]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)

![Tráfico de influencias en cadena: el Código Penal peruano no sanciona al que «influyere en otro funcionario prevaliéndose de su relación con este o con otro funcionario», a diferencia del Código Penal español (un funcionario invocó tener influencias para interceder ante la hija del presidente del JNE) [Casación 2661-2023, Lima, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La mención pericial de una «tendencia a mentir» no desvirtúa la incriminación de la agraviada, pues fue objeto de confrontación pericial; su narración fue lógica y coherente y se ratificó tanto en su declaración preventiva como en el juicio oral [Exp. 04626-2024-PHC/TC, f. j. 17] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![El levantamiento de los impedimentos permanentes e inhabilitaciones definitivas inscribibles en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles será por mandato judicial (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 01962-2021-PA/TC, ff. jj. 41, 48-50]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LEVANTAMIENTO-IMPEDIMENTOS-PERMANENTES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El procedimiento de acusación constitucional y la emisión de la resolución acusatoria de contenido penal es competencia del Congreso, por lo que un Juzgado de Investigación Preparatoria no puede interferir en el trámite, correspondiendo al investigado ejercitar su defensa en el procedimiento parlamentario [Exp. 00055-2025-1, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PROCEDIMIENTO-ACUSACION-CONSTITUCIONAL-EMISION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: «La cantidad de preguntas realizadas o el tiempo que se hubiera extendido el examen oral de cada postulante a notario no constituyen indicadores idóneos para determinar la transgresión al derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad» [Exp. 05013-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)
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![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








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![Absolución a alcalde por no probarse capacidad de cumplimiento de obligacion laboral exigida [Exp. 651-2023-85]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-100x70.jpg)



