Conclusión plenaria: Se concluye que es posible impugnar la sentencia aprobatoria, en el supuesto que se hubiese omitido o no se tomó en cuenta algún punto del acuerdo y se causa agravio irreparable a alguna de las partes.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA
PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL EN MATERIA PROCESAL PENAL
15, 20 Y 22 de agosto de 2007
2. PROCESO DE TERMINACION ANTICIPADA
[…]
TERCERO:
¿Puede el Fiscal o el imputado que suscribieron el acuerdo impugnar la sentencia aprobatoria, cuando el Juez ha omitido o no ha tomado en cuenta algún punto del acuerdo?
CONCLUSIÓN: POR UNANIMIDAD Se concluye que es posible impugnar la sentencia aprobatoria, en el supuesto que se hubiese omitido o no se tomó en cuenta algún punto del acuerdo y se causa agravio irreparable a alguna de las partes.
[Continúa…]
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