Falsificar una receta médica para personas con déficit de atención no constituye una atenuante (España) [SAP SA 290/2019]

Fundamento destacado: Por lo demás, no existe tampoco ningún error en la valoración de la prueba cuando los hechos aquí declarados probados derivan no sólo de la documental obrante en juicio, donde consta la falsedad objeto del mismo, sino también de la declaración del médico y farmacéuticos afectados, y del propio acusado que reconoció en todo momento haber realizado la receta falsa. Sin que conste ninguna circunstancia atenuatoria, máxime cuando el medicamento con receta falsificada se refiere a un medicamento que nada tiene que ver con los dolores de ningún paciente, sino que va dirigido a procurar la concentración en personas con déficit de atención. A no ser que, dado su componente anfetamínico, el acusado pretendiese obtener otros usos para los que la ley no permite la utilización de dicho medicamento, de ahí su control por medio de receta médica. Procede, pues, desestimar el presente recurso de apelación.


CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Roj: SAP SA 290/2019 – ECLI:ES:APSA:2019:290
Id Cendoj: 37274370012019100290
Órgano: Audiencia Provincial
Sede: Salamanca
Sección: 1
Fecha: 15/05/2019
No de Recurso: 70/2018
No de Resolución: 24/2019
Procedimiento: Penal. Apelación procedimiento abreviado
Ponente: JOSE ANTONIO VEGA BRAVO
Tipo de Resolución: Sentencia
Resoluciones del caso: SAP SA 290/2019, SJP 2867/2018

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SALAMANCA
SENTENCIA: 00024/2019

GRAN VIA, 37-39
Teléfono: 923.12.67.20
Correo electrónico:
Equipo/usuario: 2
Modelo: 213100
N.I.G.: 37107 41 2 2015 0007114
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000070 /2018
Juzgado procedenciaJDO. DE LO PENAL N. 2 de SALAMANCA
Procedimiento de origenPROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000053 /2018
Delito: FALSIFI. POR PARTICULAR DOC. PÚBLICO O MERCANTIL
Recurrente: Alfredo
Procurador/a: D/Dª FERNANDO ALVAREZ BLANCO
Abogado/a: D/Dª PEDRO HERNANDEZ MUÑOZ
Recurrido: MUTUA UNIVERSAL MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL NUMERO 10, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª MARIA PAZ ACOSTA RUBIO,
Abogado/a: D/Dª,
SENTENCIA NÚMERO 24/19
ILMO. SR. PRESIDENTE
DON JOSÉ ANTONIO VEGA BRAVO
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
DON JUAN JACINTO GARCÍA PÉREZ
DOÑA Mª LUISA MARRO RODRÍGUEZ
En la ciudad de Salamanca, a quince de mayo de dos mil diecinueve.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación las Diligencias de Procedimiento Abreviado núm. 53/2018, del Juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca, dimanante de Diligencias Previas núm. 100/2017, instruidas en el Juzgado de Instrucción número 2 de Ciudad Rodrigo (Salamanca), sobre DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO PÚBLICO. Rollo de apelación núm. 70/2018. – contra:

Alfredo, con N.I.E. n° NUM000, representado por el Procurador Sr. Fernando Álvarez Blanco y defendido por el Letrado Sr. Pedro Hernández Muñoz.

Han sido partes en este recurso, como apelante: el anteriormente citado, con la representación y asistencia letrada ya referenciadas; y como apelados: 1) MUTUA UNIVERSAL, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL N° 10, representada por la Procuradora Sra. Mª Paz Acosta Rubio y asistida por el Letrado Sr. Enrique Calle Sanz; 2) el M° FISCAL en ejercicio de la acción pública; siendo Ponente el Ilmo. Sr.DON JOSÉ ANTONIO VEGA BRAVO.

[Continúa…]

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