Para todos aquellos que se están preparando para las próximas convocatorias de la Junta Nacional de Justicia, les dejamos estas preguntas sobre normas y principios del derecho constitucional, que fueron parte de exámenes anteriores de la JNJ. ¿Te animas a resolver las preguntas?
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Cinco preguntas sobre normas y principios del derecho constitucional
1. Marque la opción correcta:
La independencia, como principio de la moral legalizada de la función judicial, directamente implica que:
a. Los jueces no pueden actuar conforme a motivaciones internas más allá de las de cumplir con su función jurisdiccional.
b. Los jueces no pueden actuar motivados por presiones externas.
c. Los jueces han de guardar una igual distancia respecto de las partes y no tener interés respecto del objeto del proceso.
d. Todas las anteriores respuestas son igualmente correctas.
2. El Tribunal Constitucional, en una importante sentencia (sentencia 1417-2005-AA/TC), ha señalado que la distinta eficacia de las disposiciones constitucionales, da lugar a que éstas puedan ser divididas entre:
a. “Normas jurídicas sustantivas” y “normas jurídicas procesales”.
b. “Normas regla” y “normas principio”.
c. “Normas constitucionales” y “normas legales”.
d. “Normas jurídicas” y “normas constitucionales”.
—FIN DEL CASO—
3. Sobre la validez de los decretos – leyes en el sistema jurídico peruano, marque la opción correcta:
a. No son normas válidas en el sistema jurídico peruano.
b. Son normas con rango legal y se controlan mediante acción de inconstitucionalidad.
c. Para evaluar su validez tras el restablecimiento del Estado Constitutional, el Tribunal Constitucional ha asumido la teoría de la caducidad.
d. Son normas con rango reglamentario y se controlan mediante acción popular.
4. Marque la opción correcta:
En una controversia jurídica, para la superación de un conflicto de principios sigue:
a. Un examen de logicidad.
b. Un examen de racionalidad.
c. Las pautas de la ponderación de acuerdo a un caso concreto.
d. Un examen de prioridad.
—FIN DEL CASO—
5. En el sistema de justicia penal, sobre la «no revictimización»:
a. Es un principio absoluto en el sistema de justicia.
b. No tiene un reconocimiento en la doctrina dominante.
c. No puede estar por encima del derecho constitucional a la presunción de inocencia contemplado en el literal «e» del inciso 24 del artículo 2 de la Constitución Política.
d. Es una obligación del juez su aplicación.
—FIN DEL CASO—
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