LP, el portal jurídico más leído del país, en alianza con la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, lanza el Curso especializado en lavado de activos que será dictado por los mejores especialistas.
1. Público
Abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), contadores, tributaristas, economistas, estudiantes de derecho y público interesado.
2. Fechas del curso
El curso inicia el martes, 21 de junio de 2022 y finaliza el martes 12 de julio de 2022.
3. Duración del curso
El curso consta en total de 11 sesiones. Cada sesión dura tres horas. Las sesiones se llevarán a cabo los días martes y jueves de 6:00 p. m. a 9:00 p. m. y sábados de 9:30 a. m. a 12:30 p. m.
INICIO, 21 DE JUNIO
4. Modalidad virtual con sistema híbrido
Las clases se transmitirán en vivo y en directo a través de nuestra plataforma virtual [calidad HD] a la que podrá participar mediante una clave proporcionada por nosotros. El participante podrá ver los vídeos nuevamente porque se quedarán grabados en la plataforma.
El sistema híbrido que aplica LP en sus capacitaciones consiste en que el profesor dicta de manera presencial, haciendo uso de una pantalla inteligente y una pizarra; mientras que los alumnos participan de manera virtual con sus preguntas y consultas en tiempo real.
Así también podrá descargar en PDF los materiales de enseñanza (artículos académicos, diapositivas, etc.). El participante podrá acceder al aula virtual hasta cuatro meses después de que acabe el curso.
5. Expositores
- Celis Mendoza Ayma (juez superior)
- César Nakazaki Servigón (abogado litigante)
- Frank Almanza Altamirano (Fiscal)
- Raúl Pariona Arana (docente universitario)
- Luis Reyna Alfaro (abogado litigante)
- Benji Espinoza Ramos (abogado litigante)
- Jefferson Moreno Nieves (abogado litigante)
- Ronal Hancco (abogado litigante)
- André Sota (abogado litigante)
- Liliana Calderón Jacinto (abogada litigante)
- Rosario Palacios Meléndez (defensora pública)
INICIO, 21 DE JUNIO
6. Certificación
Se expedirá certificado de aprobación por 200 horas académicas a los que aprueben el curso. El certificado será expedido por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán y LP.
7. Bloque temático del Curso especializado en lavado de activos
- Estructura típica
- Sentencia Plenaria Casatoria 1-2017
- D.L. 1249 y la autonomía del lavado de activos
- Taller casos prácticos sobre lavado de activos
- Reglas de investigación, UIF y decomiso
- Estándares de prueba e imputación en el lavado de activos
- Actos de conversión, transferencia y ocultamiento
- Omisión de comunicación, retardo y falsedad de información
- Lavado de activos y Compliance Penal
- Desarrollo jurisprudencial
8. Inversión
– Profesionales, bachilleres y egresados: 400 soles
– Estudiantes de pregrado: 370 soles (acreditar con carné universitario vigente u otro documento)
– Corporativo: 370 soles (a partir de tres personas)
– Alumnos LP: 350 soles (alumnos que se hayan matriculado en cursos o diplomados anteriores de LP). No aplica a seminarios
INICIO, 21 DE JUNIO
9. Beneficios
- Acceso al aula virtual hasta cuatro meses después de terminado el curso.
- Fólder, block y lapicero.
- Vídeos de reforzamiento.
IMPORTANTE: El envío de los beneficios y el certificado a cualquier parte del país tiene un costo de 35 soles y se realiza después de culminado el curso.
INICIO, 21 DE JUNIO
10. Medios de pago
DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA
- Ahorros Banco de la Nación: 04-123-070432
- Ahorros BCP: 19393666764-0-90
CCI 002-193-193666764090-12
- Ahorros Interbank: 0233130782459
CCI 003-023013130782459-92
- Ahorros BBVA: 001101480200548073
CCI 011-148-000200548073-42
- Ahorros Scotiabank: 035-7447671
CCI 00906020035744767151
- Yape y Plin: +51 958 733 225
- Tarjeta de crédito
IMPORTANTE: Todas las cuentas están a nombre de Elizabeth Rebeca Mayta Iquise. El alumno deberá enviar la foto o imagen del voucher al wasap 921492114 o al correo [email protected], indicando el nombre del curso, nombres completos, DNI, celular, correo electrónico, dirección detallada y comprobante de pago que prefiere (boleta o factura).
Para más información puede dejar su wasap en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al WhatsApp 969000440. También puede escribir al correo [email protected]
Inscríbete aquí Más información

![Si la subsanación de la acusación no satisface al juzgador, este debe devolverla de nuevo para que se sanee verdaderamente la causa antes de pasar a juicio oral; por lo que cuestionar recién la acusación en la sentencia recurrida deviene en una incongruencia procesal insubsanable que viola el derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva (caso Sánchez Paredes) [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![URGENTE: Suprema anula sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes por lavado de activos y ordena nuevo juicio oral [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC precisa su entendimiento sobre maternidad subrogada: (i) total, la mujer gesta y alumbra un bebé aportando su propio óvulo y (ii) parcial, la mujer gesta y alumbra un bebé fecundado con un óvulo de otra mujer; en ambos casos entrega el bebé a quienes la contrataron [Exp. 01367-2019-PA/TC, ff. jj. 37-38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-1-218x150.jpg)
![En los delitos dolosos, tanto la autoría como la participación son formas de intervención delictiva, en el sentido de escalones o estadios legales de atribución de responsabilidad delictiva, por lo que su cambio, durante la investigación, no constituye una variación cualitativa de la ejecución de los hechos imputados, menos una modificación del tipo penal atribuido [Apelación 51-2025, Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Que el derecho a la constitución en parte civil caduque a partir de la notificación de la disposición de conclusión de la investigación preparatoria, lejos de constituir un premio a la falta de diligencia de una de las partes, es resultado del cumplimiento a la garantía del debido proceso [Apelación 18-2025, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)


![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Este Organismo Técnico Especializado se ratifica en los alcances de las Opiniones N° 137-2009/DTN y N° 037-2012/DTN, en relación con el supuesto excluido del ámbito de aplicación de la Ley N° 32067 previsto en su artículo 7, considerando que los contratos bancarios y financieros que provienen de un servicio financiero cuentan con una regulación propia del Sistema financiero, cuyo cumplimiento e interpretación de su Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, por lo que es el organismo que tiene la atribución de emitir pronunciamiento sobre qué servicios constituyen operaciones bancarias o financieras que originen la celebración de contratos bancarios o financieros [Opinión D000025-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![URGENTE: Suprema anula sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes por lavado de activos y ordena nuevo juicio oral [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Si la subsanación de la acusación no satisface al juzgador, este debe devolverla de nuevo para que se sanee verdaderamente la causa antes de pasar a juicio oral; por lo que cuestionar recién la acusación en la sentencia recurrida deviene en una incongruencia procesal insubsanable que viola el derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva (caso Sánchez Paredes) [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-100x70.jpg)




