[Actualización 18.09.2019]
Reunión entre Autoridades y representantes de la FUSM
[Actualización 18.09.2019]
A través de un comunicado el rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos rechazó la toma del campus que ejecutaron alumnos ayer.
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
Comunicado
Frente a la toma de la universidad por parte de un grupo de personas, el día de hoy 17 de setiembre, se emite el siguiente pronunciamiento:
Lamentamos la toma de la ciudad universitaria de la UNMSM, que perjudican el desarrollo y los compromisos académicos de la universidad, causando a su vez el malestar de los estudiantes de pre y posgrado de esta casa superior de estudios.
Las razones de esta toma resultan inexplicables toda vez que el Consejo Universitario el día de ayer lunes 16 de setiembre autorizó a la Comisión, creada para tal fin, continuar con las coordinaciones del cerco perimétrico, a fin de llegar a un acuerdo positivo y pronta solución de este problema para la comunidad sanmarquina y ciudadanía en general. Debe entenderse que esta solución deberá ser previamente consensuada y aprobada por las instancias de gobierno de la institución en donde intervienen los estudiantes a través de sus representantes.
Esperamos la entrega de la ciudad universitaria sin violencia y lo más pronto posible y así retomar las actividades y compromisos académicos que tiene la la institución.
Ciudad Universitaria, 17 de setiembre de 2019
[Nota original 17.09.2019]
El campus de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) ha sido tomada por más de un centenar de estudiantes que se oponen a la cesión de 9,500 metros cuadrados del terreno de esta casa de estudios para culminar las obras de la avenida Universitaria y el bypass de la avenida Venezuela.
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Más de un centenar de estudiantes rodean a la Decana de América con cadenas, letreros, pancartas, palos y una serie de objetos impiden el acceso de los alumnos a la universidad.
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Transmisión en vivo
Antecedentes
Durante los últimos tres días la Ciudad Universitaria estuvo cerrada por lo que no se repitieron las movilizaciones de la semana pasada. Estas protestas culminaron en enfrentamientos entre alumnos y la Policía Nacional. Recién ayer se retomaron las clases. Esta radical medida se da a pocos días de la realización del examen de admisión de la universidad.
Por el momento, los alrededores de la universidad permanecen rodeados por un extenso cordón policial. Aún no se darán acciones frente a la medida de fuerza pues se evalúa el desarrollo de la protesta estudiantil.
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Estudiantes usan hasta los letreros para bloquear el ingreso del campus universitario. (Video: @Gracemorad / Twitter)
– ¿Y el diálogo? –
Tras una semana de movilizaciones, la paz parecía haber vuelto a la universidad, en medio del examen de admisión. Incluso el alcalde Jorge Muñoz indicó que la Municipalidad de Lima se reuniría con los estudiantes para dialogar sobre la obra que está inconclusa desde hace 11 años, y que genera caos vehicular.
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Pero los estudiantes han denunciado hoy faltas en esta mesa de diálogo con autoridades. En un comunicado de la Federación Universitaria de San Marcos (FUSM) calificó como «falso diálogo» a la reunión promovida por el rector Oretes Cachay. Se realizó este martes.
Reacciones
Esta noche los egresados sanmarquinos se unieron en nuestra lucha para defender nuestra casa de estudios de un proyecto que no es viable. ¿Ya entienden cuando decimos que uno nunca se va de San Marcos? #UNMSM pic.twitter.com/jk4tWvJDta
— Lucía Isabel (@LuciaSoda) September 17, 2019
Nunca los vi para hacer algo justo por San Marcos, solo los vi de cerca cuando los estudiantes sacaron al corrupto de Cotillo y los policías fueron con tanquetas disparando a quemarropa a estudiantes. #unmsm #SanMarcosResiste https://t.co/gmZ9LqAFKJ
— César Chavez (@CesarChavez29) September 18, 2019
Foto de hace unos momentos afuera de la pta seis, UNMSM. Eso es Cachay: un cobarde abusivo, no le importa la seguridad de sus alumnos, solo que se cumplan sus negocios. SAN MARCOS NO ES TU CHACRA, CACHAY. Muñoz y tú tendrán que responder por el daño que están causando. #unmsm pic.twitter.com/AZUPL5EZrV
— bb (@callacagada) September 18, 2019
![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![Aunque la investigación preparatoria sea una etapa progresiva, ello no impide que, desde el inicio, se pueda plantear una excepción de improcedencia de acción, para lo cual deben analizarse los hechos contenidos en la disposición de formalización [Casación 3734-2024, Nacional, ff. jj. 6.2-6.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)



![El empleo de las contrataciones sujetas a procedimiento de selección no competitivo bajo la causal prevista en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley, se configura siempre y cuando se haya efectuado, de manera preliminar, la resolución o declaración de nulidad del contrato por las causales previstas en los literales a) y b) del literal 71.1 del artículo 71 de la Ley, siendo dicho estado jurídico un presupuesto habilitante para su aplicación; por lo que no resulta posible emplear el procedimiento de selección no competitivo previsto en esta causal antes de que se haya efectuado la resolución contractual o de la declaración de nulidad [Opinión D000065-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Osiptel: Norma de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones [Resolución 000132-2025-CD/Osiptel]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/osiptel-regulador-comunicaciones-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
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