Clauss Roxin fue un hombre feliz gracias a sus colegas y amigos, viajó por todo el mundo para difundir sus posturas jurídicas-filosóficas, conoció mucha gente, despertó millones de mentes hambrientas de conocimiento. Eso lo hacía feliz, sus amigos, la academia, mantener contacto con sus colegas del mundo, saber que sus esfuerzos influían en la construcción de mejores sociedades.
Y es que Roxin no solo fue un enorme jurista, fue mucho más que eso, dedico noches enteras a desarrollar una teoría en favor de la humanidad, porque que finalmente fue eso la Teoría de la autoría mediata por aparatos organizados de poder.
Sin sus planteamientos, no se habrían condenado como autores a los más desalmados tiranos de la historia: los nazi, por ejemplo. Las víctimas nunca habrían podido señalar sin aspavientos a los responsables de sus sufrimientos y la historia no los recordarían como lo que fueron: autores de atrocidades masivas, pues aunque no mataron con sus propias manos, sí dirigieron aparatos organizados de poder.
No son instigadores ni cómplices, son autores (y les corresponde mayor pena), planteaba valientemente Roxin, mientras enjuiciaban a los líderes nazi. Así fue admitida su teoría.
En el Perú se condenó como autores a Alberto Fujimori y Abimael Guzmán invocando su teoría. Y otros países hicieron lo propio al condenar a sus dictadores.
Hoy el mundo es un mejor lugar gracias a Roxin, el penalista más influyente del siglo XX, el hombre que disfrutaba de sus colegas, tal como lo declaró en una entrevista difundida en 2014 por la revista peruana La Ley: Mis experiencias más felices como profesor radican en la cooperación amistosa con los colegas de muchas partes del mundo.
Entrevista a Clauss Roxin: «El derecho penal debe proteger bienes jurídicos, no la moral ni ideologias»
Entrevistador: Branko Yvancovich Vasquez
Nacido el 15 de mayo de 1931, el profesor emérito de la Universidad de Múnich.
Claus Roxin es uno de los penalistas más importantes del siglo XX. Ha sido envestido con el grado de Doctor Honoris Causa en veintiún oportunidades por múltiples universidades de diversas partes del mundo.
Su obra cuenta con respeto mundial, lo que lo convierte en uno de los juristas alemanes más conocidos. A través de ella ha brindado aportes trascendentales para el estudio del Derecho Penal como su trabajo sobre “autoría mediata mediante dominio de la voluntad en aparatos organizados de poder”; que sirvió para condenar al expresidente Alberto Fujimori y que actualmente rige los principios de la Corte Penal Internacional.
¿Cómo nace su idea de incorporar la teoría del bien jurídico a su concepto de Derecho Penal?
Soy de la idea de que el Derecho Penal debe proteger la convivencia pacífica y libre de las personas. Así se desprende desde los fundamentos de una Constitución Política moderna. Las condiciones para una coexistencia pacifica y libre los llamo bienes jurídicos.
¿Considera usted que su teoría del bien jurídico significó una revolución del concepto mismo del Derecho Penal?
No es una idea revolucionaria que el Derecho Penal debe proteger los bienes jurídicos, pero es un avance significativo con respecto a las doctrinas que asignan al Derecho Penal la tarea de proteger la moral, la religión o de ciertas ideologías políticas.
El Derecho Penal se desenvuelve siempre en determinados escenarios políticos que pueden ser más o menos estables. En consecuencia, ¿cómo opera el concepto de bien jurídico en dichos escenarios?
Considero que a través de la limitación del Derecho Penal sobre la base de la protección de
bienes jurídicos, que constituye una parte integral de muchos sistemas democráticos. Con ello, se fortalece la libertad de los ciudadanos.
Teniendo presente los diferentes escenarios políticos de cada país, ¿cuáles serían los requisitos más importantes para que el Derecho Penal se encuentre legitimado?
El Derecho Penal estará legitimado solo cuando se proteja a los ciudadanos de las injerencias contra su libertad. Esta protección es una de las funciones más importantes del Estado.
Usted ha sostenido que el Derecho Penal debe interpretarse siempre con base político-criminal, ¿por qué considera importante que la Política Criminal y el Derecho Penal se encuentren vinculados?
La respuesta puede desprenderse de lo anteriormente dicho: la protección de la convivencia pacífica y libre de los ciudadanos es una responsabilidad político-criminal de los Estados. De esta tarea pueden desarrollarse los principios fundamentales de la doctrina del Derecho Penal (por ejemplo, la imputación).
A través de los años ha tenido oportunidad de percibir el desarrollo del Derecho Penal. ¿Cuál es la percepción que tiene de su evolución?
El Derecho Penal, por ejemplo en respuesta al terrorismo internacional, se ha desarrollado
en muchas partes del mundo con una mayor severidad. Por otro lado, tal desarrollo también se puede encontrar en muchos países. Por ejemplo, los de Latinoamérica, donde la democracia ha reemplazado a las condiciones dictatoriales. En ellos se percibe un esfuerzo en torno al mayor reconocimiento del Estado de Derecho. Esto es especialmente cierto para el Perú.
¿Considera usted que actualmente existe una ciencia jurídico-penal propia de América Latina?
Hay muchos países latinoamericanos-no todos-con una activa dogmática jurídico-penal. Esto se refleja también en la jurisprudencia. Por ejemplo, las sentencias de la Corte Suprema.
En su obra existe una inmensidad de aportes realizados en beneficio de la ciencia jurídico-penal. ¿Cuáles son los que le han brindado mayor gratificación profesional como jurista?
Considero como mis aportes de mayor éxito internacional a los fundamentos político-criminales de la dogmática penal, la doctrina de la imputación objetiva, mi obra Täterschaft und Tatherrschaft (especialmente sobre el dominio de la organización) y mis trabajos
acerca de la condición jurídica del acusado en el proceso penal. Sin embargo, mis tratados sobre Derecho Penal y Derecho Procesal Penal han encontrado una gran difusión internacional.
A nivel personal, ¿Cuáles han sido las experiencias más gratas que ha tenido durante su profesión como profesor?
Mis experiencias más felices como profesor radican en la cooperación amistosa con los colegas de muchas partes del mundo. He dado conferencias en veinticinco países diferentes y mantengo comunicación con colegas de todo el mundo aun en la actualidad.
Finalmente ¿Cómo ve el futuro del Derecho Penal?
Soy optimista, por lo menos en términos de Estados democráticos modernos. Porque luego de un largo camino, a través de la cooperación internacional hemos podido desarrollar principios rectores comunes para el tratamiento de la criminalidad y, en ese sentido, servir a su comprensión internacional.
*La Ley. (2014, julio). El ángulo legal de la noticia. Una publicación del Grupo Gaceta Jurídica, Número 1, Año I.


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