Empresas podrán reiniciar actividades de forma automática con el solo registro en el Sicovid-19

132742
reiniciar actividades automática sicovid

El Ministerio de la Producción hace de conocimiento, a los gremios empresariales, empresas y comunidad en general, que, a partir de la fecha, las empresas pueden reiniciar sus actividades de manera automática con el registro de su “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para covid-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.

De esta manera, se ha simplificado el procedimiento, por lo cual ya no es necesario el registro de las empresas ante el Ministerio de la Producción en el enlace www.gob.pe/registroempresarial tanto para las actividades autorizadas de la Fase 2 como de la Fase 1, incluyendo aquellas que no han iniciado el trámite o que estén tramitando actualmente su registro.

Asimismo, precisar que las personas naturales no necesitan registrar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo”– en el SICOVID-19 del Ministerio de Salud.

Ello en el marco del Decreto Supremo 101-2020-PCM, que da inicio a la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional.

Desde el Ministerio de la Producción, renovamos nuestro compromiso con los empresarios, industriales y emprendedores MYPE, así como con la población en general, exhortándolos a cumplir con los criterios establecidos para el inicio de las fases de reanudación de actividades, que incluyen la salud pública, la movilidad interna, la dimensión social y la actividad económica, así como los protocolos sanitarios de operación ante la covid-19 que se establecerán para la implementación gradual y progresiva de las mismas.

[Nota original 6.6.2020]

Comunicado publicado en el portal web del Ministerio de la Producción el 5 de junio de 2020


El Ministerio de la Producción hace de conocimiento, a los gremios empresariales, empresas y comunidad en general, que, a partir de la fecha, las empresas pueden reiniciar sus actividades de manera automática con el registro de su «Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo» en el Sistema Integrado para Covid-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.

De esta manera, se ha simplificado el procedimiento, por lo cual ya no es necesario el registro de las empresas ante el Ministerio de la Producción en el enlace www.gob.pe/registroempresarial, tanto para las actividades autorizadas de la Fase 2 como de la Fase 1, incluyendo aquellas que no han iniciado el trámite o que estén tramitando actualmente su registro.

Asimismo, precisar que las personas naturales con negocio no necesitan registrar su «Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo»en el SICOVID-19 del Ministerio de Salud.

Ello en el marco del Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, que da inicio a la Fase 2 de la reanudación de actividades económicas dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional.

Desde el Ministerio de la Producción, renovamos nuestro compromiso con los empresarios, industriales y emprendedores MYPE, así como con la población en general, exhortándolos a cumplir con los criterios establecidos para el inicio de las fases de reanudación de actividades, que incluyen la salud pública, la movilidad interna, la dimensión social y la actividad económica, así como los protocolos sanitarios de operación ante el covid-19 que se establecerán para la implementación gradual y progresiva de las mismas.

Fuente: Ministerio de la Producción

Comentarios: