¿El apellido del esposo o seguir con el nombre de soltera?

El uso de los nombres de nacimiento y de matrimonio está sujeto a distintas prácticas según la cultura, sobre todo al hacer ciertos cambios a su nombre al momento de casarse. El nombre de casado(a) consiste en sustituir o agregar el apellido de la persona con quien se contrajo matrimonio a su nombre de soltero(a), que representa el apellido de su familia de origen. Las españolas y portuguesas conservan sus dos apellidos previos al matrimonio.

El término «nombre de nacimiento» a veces se utiliza específicamente como un sustituto masculino o neutral para el «nombre de soltera», pero también se aplica para incluir el nombre de familia de la madre biológica de un niño adoptado al nacer, o en relación con un cambio de nacionalidad o por una variedad de circunstancias poco comunes.

Otra distinción se da cuando el «nombre de nacimiento» puede referirse a un apellido de familia, un nombre completo o presumiblemente un nombre otorgado de manera aislada.

Normalmente, un cambio de nombre requiere de un proceso legal. Sin embargo, en algunas jurisdicciones, cualquier persona que se casa o se divorcia puede cambiar su nombre si lo desea. Tradicionalmente, en los países angloparlantes de occidente, solo las mujeres hacen esto, pero en ocasiones también los hombres cambian sus apellidos al contraer matrimonio.

En la mayoría de los países de lengua árabe, las mujeres mantienen desde su nacimiento sus nombres familiares y no cambia sus nombres familiares por los de la familia de su esposo. Esto es también una práctica muy común: que las mujeres musulmanas de todo el mundo, a excepción de las mujeres musulmanas del sur de Asia, tomen un nombre doble o adopten el de su marido. En algunos matrimonios de Medio Oriente, sin embargo, la mujer adopta el apellido del marido (especialmente en las familias cristianas).

Desde la Revolución Francesa (1789), la ley estipula que «nadie puede utilizar un nombre distinto al que ha recibido en su acta de nacimiento».​ Sin embargo, la revisión de 1996 a la Constitución garantiza que «hombres y mujeres tienen igualdad de derechos», incluyendo el uso de su nombre de nacimiento. En Francia y en la provincia francófona de Quebec, en Canadá, una mujer legalmente conserva su nombre de soltera al casarse (nom de jeune fille). Con su nombre original puede abrir una cuenta bancaria, firmar documentos y obtener pasaporte, entre otros procedimientos. Sin embargo, el matrimonio le otorga el derecho a asumir el apellido de su cónyuge y es una práctica común que las mujeres casadas usen el apellido de su esposo para todos sus documentos, oficiales o no, aunque no hay un proceso oficial que formalice su uso. El artículo 264 del Código Civil francés estipula que «al momento de un divorcio, ambos cónyuges pierden el derecho a usar el apellido del otro».

Por otro lado, debo contarles que a mi mami cuando le preguntaban su nombre, ella muy contenta y orgullosa decía y dice el apellido de casada, ya que optó por cambiar su apellido materno por el apellido de su esposo (mi querido padre).

Este hecho con relevancia jurídica se encuentra regulado dentro de nuestro marco jurídico nacional, exactamente en el Código Civil, artículo 24:

La mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio. Cesa tal derecho en caso de divorcio o nulidad de matrimonio. Tratándose de separación de cuerpos, la mujer conserva su derecho a llevar el apellido del marido. En caso de controversia resuelve el juez.

Esto significa que una mujer, al contraer matrimonio, tiene dos opciones para escoger, en cuanto al apellido que desea llevar. Por un lado, puede seguir llevando únicamente sus apellidos de soltera o si decide puede agregar el apellido de su esposo a sus apellidos paterno y materno.

Advertimos que la norma usa la palabra “puede”. Esto no significa que se “debe” agregar el apellido de su esposo a sus apellidos de soltera, sin embargo, en la realidad ocurre hechos distintos a lo regulado en la normatividad civil vigente.

Esta opción ha sido establecida últimamente por el Reniec, que decidió que sólo las mujeres que se casaron en años anteriores y en cuya Libreta Electoral figuraba el apellido paterno seguido del apellido del esposo pueden continuar llevando su apellido en esta forma.

Cuando haces una modificación relacionada con tu estado civil se debe emitir un DNI nuevo, para que los datos correctos aparezcan impresos en tu documento. Dependiendo de tu caso, además de realizar el pago correspondiente, deberás presentar otros documentos para hacer el cambio de estado civil.

Si eres mujer, estás casada y deseas adicionar el apellido de tu esposo, debes presentar la copia certificada del acta de matrimonio civil.

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