Fundamentos destacados: PRIMERO.- Como está registrado en audio y video, la entidad requerida a exhibir a través de su apoderado manifiesta se le conceda plazo para presentar por escrito los documentos objeto de exhibición.
SEGUNDO.- No corresponde a este órgano jurisdiccional entorpecer la voluntad de cumplir por parte de la ejecutante.
TERCERO.- Debe por tanto concederse el plazo de tres días para que la ejecutante cumpla mediante presentación de escrito con acompañar los documentos materia de exhibición, en copias certificadas, bajo apercibimiento y cumplido o no se dé cuenta para resolver.
2° JUZGADO CIVIL
EXPEDIENTE : 01861-2018-0-2501-JR-CI-02
MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS
JUEZ : CARLOS ENRIQUE PLASENCIA CRUZ
ESPECIALISTA : PEDRO MESTANZA EGOAVIL
DEMANDADO : MENDOZA GUZMAN, MICHAEL MODESTO; MENDOZA ARIAS, DANIEL GEREMIAS; HOSTAL DON ALONSO INN SRL ,
CURADOR DEL DDA : CHRISTIAN MISAEL DAVILA CUENCA CURADOR PROCESAL DE LA
SUCESION YANET NATIVIDAD VELASQUEZ ,
DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU ,
AUDIENCIA ESPECIAL
En Chimbote, siendo las TRES de la tarde del día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTITRES, en conferencia virtual mediante el aplicativo Google Hangouts Meet vía enlace: https://meet.google.com/kud-dptv-znc ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Chimbote, que despacha el señor Juez Carlos Enrique Plasencia Cruz y asistente judicial que autoriza; se hizo presente la entidad demandante BANCO DE CREDITO DEL PERU debidamente representado por su apoderado Jhonatan Villalobos Moreno identificado con DNI N° 40002575, asistido por el abogado Jhonatan Marquina Advincula con CAS Nº 3236; el curador procesal de la ejecutada Sucesión Yanet Natividad Velasquez, el Dr. Christian Misael Davila Cuenca con registro CAS N° 2973, sin la presencia de los ejecutados Michael Modesto Mendoza Guzman, Daniel Geremias Mendoza Arias y Hostal Don Alonso Inn SRL; con la finalidad de llevar a cabo la audiencia especial programada para el día de la fecha, la misma que se lleva a cabo en los siguientes términos:
La señora Asistente de Juez da cuenta que la Resolución número 5 que fija fecha y hora para la presente audiencia especial, que los ejecutados inasistentes han sido debidamente notificados, según informa el Sistema Integrado Judicial.
1. JURAMENTO DE LEY:
El Juez antes de dar inicio al acto procesal toma juramento de ley a los convocados presentes, quienes manifiestan actuar con verdad.

2. ADMISIÓN Y ACTUACIÓN DE MEDIOS PROBATORIOS
2.1 DE LA PRETENSION
DE LA PARTE EJECUTADA:
Exhibicional.- Se admite y actúa la Exhibicional a cargo de la ejecutante, consistente en el “Contrato de crédito efectivo N° 10031000000005282162 y Contrato de crédito efectivo N° 10031000000005282163”.
El apoderado manifestó que no es posible cumplir en la fecha con la exhibición, sin embargo solicita plazo adicional para presentarlo por escrito. El despacho emite la siguiente resolución
Resolución numero DIECIOCHO (17:40)
AUTOS Y VISTOS y CONSIDERANDO.
PRIMERO.- Como está registrado en audio y video, la entidad requerida a exhibir a través de su apoderado manifiesta se le conceda plazo para presentar por escrito los documentos objeto de exhibición.
SEGUNDO.- No corresponde a este órgano jurisdiccional entorpecer la voluntad de cumplir por parte de la ejecutante.
TERCERO.- Debe por tanto concederse el plazo de tres días para que la ejecutante cumpla mediante presentación de escrito con acompañar los documentos materia de exhibición, en copias certificadas, bajo apercibimiento y cumplido o no se dé cuenta para resolver.
Por tales consideraciones y de conformidad con el artículo 50 del Código Procesal Civil, se resuelve
(i) CONCEDER el plazo de TRES DÍAS a efecto que la entidad ejecutante cumpla con presentar por escrito los documentos objeto de exhibición, bajo apercibimiento previsto en el artículo 282 del Código Procesal Civil. Cumplido o no dese cuenta con los autos
La parte ejecutante y curador procesal manifestaron su conformidad.
Con lo que concluyó la presente audiencia siendo las 15:44 horas del mismo día, disponiéndose el cierre de la grabación de audio y video.
Notifíquese a las partes procesales.-

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque la declaración de la víctima en cámara Gesell no se haya tramitado como prueba anticipada, puede ser valorada por el juzgador, pues intervinieron el fiscal, el perito psicólogo, la defensa y la madre de la menor [Casación 621-2022, Madre de Dios, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Contienda de competencia: Corresponde al juzgado del lugar donde se encuentra recluido el sentenciado conceder los beneficios penitenciarios [Consulta Diversa 2-2005, Lambayeque f. j. 4.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sutran: directiva que regula el procedimiento para acogerse al programa de regularización de sanciones [Resolución de Superintendencia D0000058-2025-Sutran-SP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/condenan-trabajador-sutran-100-yape-multa-LPDERECHO-218x150.jpg)
![PJ implementa el sistema informativo de garantías mobiliarias [RA 000390-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)



![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-100x70.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-100x70.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)

