Este miércoles 27, el fiscal José Domingo Pérez Gómez presentó sus alegatos contra el hábeas corpus que solicita la anulación de las diligencias en contra de Keiko Fujimori por el caso Cócteles.
«Pido respetuosamente que no archiven el proceso penal que se sigue contra la acusada Keiko Fujimori por una sencilla razón: recibir dinero de la corrupción para las campañas políticas, sí es delito de lavado de activos», expresó el funcionario.
De acuerdo a José Domingo Pérez, la decisión del TC tendrá injerencia, debido a su relación con la empresa Odebrecht, en la condena de Ollanta Humala y en los procesos contra Susana Villarán, Renovación Popular e, incluso, Vladimir Cerrón. «Lo que se esta buscando con este Hábeas Corpus es beneficiar a las fuerzas políticas que controlan el Congreso de la República», indicó.
Asimismo, el fiscal precisó que el Ministerio Público, a diferencia de lo que sostiene la defensa de Fujimori, no ha planteado una imputación por receptación, sino por actos de conversión de dinero ilícito, lo que constituyen la fase inicial del delito de lavado de activos.
«¿Puede el Estado mantener procesada inconstitucionalmente a una persona sobre hechos que no fueron delito al momento de la supuesta comisión?», argumento, por su parte, Giulliana Loza, defensora de la excandidata presidencial. Además, señaló que, pese al fallo que retrotrajo el proceso a la etapa intermedia, se «mantiene el agravio»:
El agravio se mantiene latente, la imputación fiscal, la raíz del agravio se mantiene latente, al punto que la señora Fujimori sigue siendo procesada y con restricciones a su libertad. Hay una afectación latente, llevamos casi diez años. No basta con la nulidad que se hubiera ordenado ni que haya retrotraído el proceso a la etapa intermedia; el control constitucional en este caso debe restablecer el derecho que se ha vulnerado a la señora Fujimori y fijar un estándar de carácter constitucional que evite que se repiten situaciones como la que viene pasando a la señora Fujimori.
En esa misma línea, el letrado Percy García Cavero indicó que, a partir de noviembre de 2016, se incorpora en el país el delito de lavado de activos de receptación patrimonial. Mucho después, destacó, de la fecha en que datan las imputaciones contra Keiko Fujimori.
«¿Podemos tener procesada penalmente a una persona por un delito de lavado de activos porque recibió fondos de campaña que la Fiscalía dice que son maculados por el delito de lavado de activos? ¿Eso era realmente un delito en el año 2011 y en abril de 2016? Y la respuesta, como creo que lo hemos podido verificar, es clara, no era un delito«, complementó.
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No obstante, Pérez Gómez defendió la calificación de «actos de conversión». Ante la mención de uno de los abogados del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), el fiscal señaló que este organismo también establece que los partidos políticos pueden recibir dinero de procedencia ilícita.
Ante la consulta del magistrado César Ochoa de si el fiscal podía «afirmar categóricamente» que la imputada recibió dinero de la corrupción y conocía de las operaciones de Odebrecht, el funcionario respondió: «No solamente lo puedo afirmar si ustedes me permiten y no mandan este caso al archivo lo puedo demostrar y probar ante un juez penal».
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