La Contraloría General de la República aprobó la Directiva 007-2025-CG/DOC, que regula el uso de notificaciones electrónicas en el Sistema Nacional de Control, a través del sistema de notificaciones y casillas electrónicas (eCasilla-CGR).
La medida, oficializada mediante la Resolución de Contraloría 479-2025-CG, busca fortalecer la gestión digital, garantizar la transparencia y agilizar las comunicaciones en los procedimientos administrativos y procesos de control. Asimismo, deja sin efecto la directiva anterior de 2022, adecuando la plataforma de la Contraloría a la Ley 31736, que regula la notificación administrativa mediante casilla electrónica.
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RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 479-2025-CG
DIRECTIVA N° 007-2025-CG/DOC
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
Lima, 27 de octubre de 2025
VISTOS:
La Hoja Informativa Nº 000113-2025-CG/DOC y Memorando Nº 002483-2025-CG/DOC, de la Subgerencia de Gestión Documentaria; los Memorandos Nº 001808-2025-CG/GAD y Nº 001912-2025-CG/GAD de la Gerencia de Administración; la Hoja Informativa Nº 000070-2025-CG/MODER, de la Subgerencia de Modernización; el Memorando Nº 000302-2025-CG/GTIGD, de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital; la Hoja Informativa Nº 000743-2025-CG/AJ y el Memorando Nº 000223-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, los Memorandos Nº 0001008-2025-CG/GJNC y Nº 001081-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de derecho público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; en tal sentido, el artículo 16 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, señala que la Contraloría General es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, que tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y su modificatoria, señala que esta Entidad Fiscalizadora Superior implementa de manera progresiva el procedimiento electrónico, la notificación electrónica, el domicilio electrónico, la casilla electrónica, la mesa de partes virtual y mecanismos similares, en los procedimientos administrativos, procesos de control y encargos legales que se encuentren bajo el ámbito de sus atribuciones, incluyendo aquellos que corresponden al Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas y a los órganos del Sistema Nacional de Control, estando las personas relacionadas con dichos procesos, procedimientos o con el ejercicio de dichas atribuciones, obligadas a su empleo;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 102-2022-CG, publicada en el diario oficial El Peruano el 12 de marzo de 2022, se aprobó la Directiva Nº 007-2022-CG/DOC “Notifi caciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control”;
Que, la Ley Nº 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante casilla electrónica, tiene por objeto regular la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y las actuaciones administrativas emitidas por las entidades de la administración pública sujetas al ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y de aquellos previstos en los textos únicos de procedimientos administrativos (TUPA) de las diferentes entidades de la administración pública, entre las que se encuentra la Contraloría General de la República; asimismo, la Primera y Segunda Disposición Complementaria Final de la citada Ley establecen, respectivamente, que las entidades de la administración pública que vienen haciendo uso del sistema de notificación mediante casillas electrónicas deben adaptar sus sistemas informáticos a las disposiciones de la citada Ley Nº 31736; y, además, pueden establecer otras disposiciones normativas internas que complementen dicha ley, sin imponer condiciones menos favorables a los administrados;
Que, de conformidad con la actualización del Inventario de procesos de la Contraloría General de la República, aprobada mediante la Resolución de Secretaría General Nº 106-2024-CG/SGE, la Subgerencia de Gestión Documentaria es la propietaria del Proceso “PA02.04.02 Notificaciones electrónicas”;
Que, de acuerdo al artículo 74 y literal i) del artículo 75 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 274-2025-CG y sus modificatorias, la Subgerencia de Gestión Documentaria es la unidad orgánica responsable de ejecutar las actividades relacionadas a la gestión documental de acuerdo con las disposiciones aplicables; así como de coordinar, implementar, monitorear y brindar asistencia técnica en las actividades de notificación electrónica y digital;
Que, en ese contexto, de acuerdo a los documentos de visto, la Subgerencia de Gestión Documentaria propone la aprobación de la Directiva “Notificaciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control”, con la finalidad de establecer las disposiciones para la implementación y el uso de la notificación electrónica mediante el Sistema de Notificaciones y Casillas Electrónicas (Sistema eCasilla -CGR); propuesta que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Administración mediante Memorandos Nº 001808-2025-CG/GAD y Nº 001912-2025-CG/GAD, y la viabilidad técnica de la Subgerencia de Modernización con HojaInformativa Nº 000070-2025-CG/MODER, en el marco de la gestión normativa regulada en la Directiva Nº 003-2024-CG/GJNC “Gestión Normativa en la Contraloría General de la República”, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 159-2024-CG;
Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Memorandos Nº 001008-2025-CG/GJNC y Nº 001081-2025-CG/GJNC, sustentada en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000743-2025-CG/AJ y Memorando Nº 000223-2025-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba la Directiva “Notificaciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control”;
En uso de las facultades previstas en el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 007-2025-CG/DOC “Notificaciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control” que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 102-2022-CG que aprueba la Directiva Nº 007-2022-CG/ DOC “Notificaciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control”.
Artículo 3.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la Directiva Nº 007-2025-CG/DOC “Notificaciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control”, aprobada mediante el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 4.- Publicar la presente Resolución y la Directiva Nº 007-2025-CG/DOC “Notificaciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control” en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/ contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI
Contralor General de la República
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