Dictan prisión preventiva a abogado, trabajador de una defensoría pública, por «ofrecer» dinero a menor con fines sexuales

(Arequipa, 25 de febrero de 2025).- La Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Caravelí logró que se dicte prisión preventiva por el plazo de ocho meses para el abogado Jhony Quispe F. (38), trabajador de la Defensa Pública de Caravelí, en Arequipa, investigado por el presunto delito de proposición a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales en agravio de una menor de 13 años.

De la investigación preliminar se conoce que el 19 de febrero de 2025, el imputado contactó a la menor agraviada mediante WhatsApp, se habría hecho pasar por un joven de 23 años, que tenía un negocio de bebidas e iba a viajar a comprar mercancía. La menor le consultó si le podía traer un libro, y el acusado le propuso que le envíe fotografías de ella a cambio del pago por el texto. El imputado le realizó ofrecimientos de índole sexual a cambio de dinero.

Tras la denuncia realizada por la madre de la menor, el 20 de febrero de 2025 se organizó un operativo donde se intervino al abogado en el momento que se encontró con la agraviada y la trasladaba a otro lugar. El investigado intentó romper su celular y posteriormente manifestó su intención de acogerse a una terminación anticipada. El Ministerio Público representado por la fiscal adjunta, Yolanda Martínez Ríos, participó de las diligencias urgentes y necesarias.

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El fiscal provincial, Marcos Camacho Ccora, sustentó en audiencia el requerimiento de prisión preventiva contra el imputado en base a la prueba anticipada de la menor agraviada, los mensajes extraídos del celular de la menor, la declaración de los familiares y la psicóloga a la que recurrió a la agraviada, entre otros elementos de convicción.

El fiscal a cargo dispuso la formalización de la investigación preparatoria en contra de Quispe F. con el fin de realizar las diligencias necesarias para esclarecer el caso e identificar a otras agraviadas debido a que existen indicios al respecto.

Según la norma el que contacta con un menor de catorce años para solicitar u obtener de él material pornográfico, o para proponerle llevar a cabo cualquier acto de connotación sexual con él o con tercero, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis ni mayor de nueve años.

Fuente: Ministerio Público Distrito Fiscal de Arequipa

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