Actualización: El recurso de reconsideración presentado por el fiscal investigado ha sido declarado fundado, por lo que ha quedado despojado de la sanción. Desde Legis.pe compartimos la flamante resolución y suprimimos la anterior.
En una primera resolución, el CNM había impuesto la sanción de destitución al fiscal mencionado, documento que resumimos aquí:
Mediante Resolución 340-2017, el Consejo Nacional de la Magistratura resolvió imponer la sanción de destitución contra el magistrado Lucero Dante Rivas Cervantes, por su actuación como fiscal adjunto provincial provisional de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco, denunciado por una falta de suma gravedad en el ejercicio de sus funciones.
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El documento señala que el magistrado habría sido intervenido en la Plaza Central de Chaupimarca (departamento de Pasco), en estado de ebriedad, profiriendo palabras soeces contra los efectivos del serenazgo de la ciudad. Sumado a ello, se habría negado a proporcionar sus datos y su Documento Nacional de Identidad (DNI), todo esto mientras era intervenido junto a su pareja. Los hechos fueron registrados audiovisualmente.
La situación se originó el día 14 de mayo del 2014, cuando el personal de la Municipalidad Provincial de Pasco aprehendió al destituido magistrado y a su pareja, con la finalidad de brindarles ayuda ante la evidencia de su estado etílico. En dichas circunstancias, es que se incian las agresiones verbales y físicas por parte del exmagistrado, como muestran las imágenes difundidas por América Televisión y ATV.
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Asimismo, el personal femenino del serenazgo municipal, Nilda Nelly Reyes Rosas, manifestó en su declaración indagatoria:
«(…) y en eso me percato que había una señorita tirada en el suelo y no se podía parar (…) el acompañante de la señorita no le dejaba parar, todo ocurrió al costado de un chifa de esa zona (…) vimos que el acompañante se encontraba realizando actos obscenos como tocamientos en todas partes de su cuerpo y la besaba (…) le quisimos llevar a un hospedaje pero el acompañante no quería (…) dentro del hospedaje el hombre se identificó y seguía insultando (…) en todo momento refirió que era fiscal, que nos iba a meter en la cárcel (…)».
Otro miembro del serenazgo de la ciudad, Alberto Enoc Fretell Velásquez, precisó los insultos que el destituido fiscal pronunció durante el incidente, refiriéndose a ellos como «cholos serranos los voy a meter en la cárcel». El magistrado expulsado de judicatura, se defendió arguyendo que se reunió con su esposa en una sastrería de la ciudad, con la finalidad de efectuar un contrato para la confección de un terno y un abrigo. En dicho lugar, el dueño les habría invitado «cinco vasitos de caña pura», lo que explicaría el estado en que se encontraba.
En ese sentido, el Código de Ética del Ministerio Público en su artículo 8 establece que: «Los fiscales deben cuidar su conducta social y honorabilidad personal, propios de la investidura del cargo que la Constitución y las leyes le reconocen, a fin de mantener su autoridad moral». En esa línea, el artículo 31 de la Ley Orgánica del CNM determina que procede la sanción de destitución por la comisión de un hecho grave que comprometa la dignidad del cargo, y lo desmerezca en el concepto público. Por estas consideraciones, el CNM decidió aceptar el pedido de destitución planteado por la Junta de Fiscales Supremos.
4 Abr de 2018 @ 20:01



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