El reconocido especialista Dino Caro Coria, comparte su columna de opinión «Derechos de transmisión de la Liga 1 son de la FPF» publicada el sábado 14 de julio en el diario El Comercio.
La regulación establece con claridad que los derechos de transmisión de la Liga 1 son propiedad de la FPF. Los artículos 1y 2 de la Ley 30727 consagran la autonomía e independencia de la FPF, e indican que esta se rige únicamente por sus estatutos y la regulación de la FIFA y la Conmebol. Muy claramente, el artículo 77 del estatuto de la FPF establece que dicha entidad es «propietaria original de todos los derechos que emanan de las competiciones de fútbol […] que se realizan en su jurisdicción», los que comprenden «derechos de orden económico, de grabación, reproducción y difusión audiovisuales, derechos multimedia, derechos de márketing y promocionales». Un estatuto que no solo está vigente, sino que fue aprobado por los propios clubes afiliados a la FPF. Este derecho de propiedad de la FPF está reconocido además por los estatutos de la FIFA (artículos 66 y 67) y de la Conmebol (artículo 66).
Algunos clubes no respetan esta regulación y están al margen del Estado de derecho y, aunque han emprendido diversas acciones judiciales contra los estatutos de la mano de la ADFP, no han tenido éxito, han perdido o vienen perdiendo todas sus demandas. Sin embargo, y pese a conocer que no tienen la propiedad sobre estos derechos de transmisión, determinados clubes han renovado contratos con el consorcio Fútbol Perú (CFP), integrado por Media Networks y Gol TV. Es decir, han celebrado contratos, han compra- do y vendido un derecho ajeno, un derecho que le pertenece de modo exclusivo y excluyente a la FPF. Dichos clubes alegan que los obliga una cláusula de preferencia en favor del CFP, un argumento irrisorio porque, como es obvio, la ley no ampara la compraventa de un bien ajeno y la FPF no conoce ni es parte de dichos acuerdos. Por esa razón, a fines del 2022, la FPF interpuso una demanda contra el CFP y obtuvo una medida cautelar que respaldo el ingreso del nuevo operador 1190 Sports. Se estableció que las competiciones de la Liga 1 solo podían transmitirse por los medios autorizados por la FPF. Y el resultado ha sido satisfactorio: de los 19 clubes que integran la Liga 1, 11 están afiliados al nuevo modelo, mediante un solo contrato suscrito por la FPF, con transparencia, cifras claras y ganancias compartidas. Cuatro clubes tienen contrato vigente hasta el 2025 con el operador que está de salida y la FPF ha decidido respetar esos viejos acuerdos. Con ello, la FPF mantiene una relación estable con 15 de esos 19 clubes.
La revocatoria de esta medida cautelar no afecta en lo más mínimo los derechos de la FPF. La propia abogada de Alianza Lima, Liliana Campos Aspajo, dijo el 13 de junio en una entrevista en Canal N que no está en discusión que los derechos de transmisión de la Liga 1 son propiedad de la FPF. Todos los clubes deben respetar la legalidad y la FPF debe velar por ese cumplimiento de la normativa federativa. No hacerlo expone a la FPF a su desafiliación ante la FIFA y la Conmebol, de modo que los clubes y la propia selección peruana de fútbol podrían perder la oportunidad de participar en las competiciones internacionales.



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